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Retribución variable: ¿cómo subir el sueldo a los empleados sin aumentar el coste para la empresa?

Marzo 26, 2018 5 min 25 veces compartido

Parece un juego de suma cero. Es algo incompatible. Un oxímoron: subir el salario sin que aumente el coste. Sin embargo, sí es posible gracias a la retribución flexible, un sistema mediante el cual abonas un “extra” que influye directamente en los impuestos. Es todo un incentivo.

Subir el sueldo sin que aumente el salario: la cuadratura del círculo

El pago en especie. Este es el secreto. No todo es dinero contante y sonante, pero a la larga el trabajador ahorra costes, con lo cual gana más.

Pero, ¿es eso compatible con un no aumento de costes? O dicho de otra manera, ¿dónde está el truco? El secreto se encuentra en la tributación. El trabajador no paga impuestos por estas retribuciones variables, con lo que, en suma, gana más. Sin embargo, hay que tener en cuenta que ciertas ayudas sí deben cotizar a la Seguridad Social.

El límite a la retribución en especie está en el 30%. Así, 3 de cada 10 euros ganados pueden ir destinados a estos productos y servicios. Pero esa parte del sueldo no es obligatoria, el empresario no puede imponerla. Además, hay un suelo de pago en efectivo: el salario mínimo.

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La fórmula a aplicar es la siguiente: la empresa paga por esos servicios, después se descuentan de la nómina del trabajador, entonces, de cara a la declaración del IRPF, la base imponible desciende y, por tanto, se pagan menos impuestos.

Por ejemplo, para una nómina anual de 30.000 euros, el límite máximo de retribución flexible sería de 9.000 euros. Así, la base imponible, es decir, lo que ganamos a ojos de Hacienda, bajaría hasta los 21.000 euros.

Sin embargo, a ojos de la Seguridad Social, las cosas cambian. En general, el valor de los productos o servicios entregados formará parte de la base de cotización si está pactado en convenio o fijado en el contrato de trabajo. Si el empresario los entrega de forma voluntaria pueden no cotizar, aunque hay un límite del 20% del IPREM por encima del cual sí habrá que pagar.

Tipos de retribuciones en especie 

Hay muchas posibilidades, pero estas deben ser estudiadas. Por un lado tenemos el factor social: ¿son retribuciones especialmente útiles para la plantilla? Esta será una cuestión a tratar con los representantes de los trabajadores.

Aquí van los principales ejemplos por los que no se debe tributar en el IRPF:

  • Tickets restaurante o productos de la cantina de la empresa. No se paga impuestos por esta retribución siempre que no se superen los 9 euros diarios hasta un total de 220 días.

  • Seguro de salud. No se paga IRPF hasta un máximo de 500 euros por cada miembro de la familia.

  • Transporte. El abono de transporte público se cubre hasta un tope de 136,36 euros al mes.

  • Cheque guardería. En este punto no hay límite. El empresario paga los gastos y después los descuenta de la nómina.

  • Entrega de acciones de la empresa. O bien por un precio bajo o bien entregadas de forma gratuita, no habrá que cotizar o tributar por ellas siempre que su valor no supere los 12.000 euros al año.

Hay cuestiones por las que sí se tributa:

  • Si se superan los límites en los puntos ya comentados: Tickets restaurante, transporte, entrega de acciones y seguros.

  • Coche de empresa. Siempre que además se utilice de forma personal, se deberá tributar por un 20% del valor, como indica el artículo 43.1.b de la Ley del IRPF. Para obtener el valor a imputar se empleará la siguiente fórmula:

                             valor de mercado del vehículo x 20% x (días de uso particular / 365 días)

  • Vivienda alquilada propiedad de la empresa. Se tributará por el 5% del valor catastral siempre que esté revisado. En caso contrario, se pagará por el 10%.

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Respecto a la Seguridad Social, ya se ha explicado la norma general, pero se puede especificar en algunos aspectos.

Se deberá cotizar por el valor total de los vales de comida, las ayudas de guardería, las dietas de transporte y los seguros de responsabilidad civil. En el caso de los seguros médicos, se cotizará a partir de los 500 euros.

Los tributos y la Seguridad Social son cuestiones a tener en cuenta a la hora de diseñar la cartera de servicios a prestar. No en vano estamos hablando de incentivos para el trabajador. Es una forma de mantener alta la motivación sin que la empresa haga un desembolso extraordinario. Para el empleado, el ahorro en impuestos puede llegar a equivaler a un mes de comidas, dos meses de transporte público o hasta tres meses de guardería.

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