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Entre las diferentes opciones de jubilación que existen en España, la jubilación flexible es una de las modalidades para compatibilizar empleo con una parte del cobro de la pensión. El funcionamiento de la jubilación flexible no es demasiado conocido y suele confundirse con la jubilación activa o parcial. Pero en el caso de la jubilación flexible hay algunos requisitos y particularidades que debes tener en cuenta. Si te interesa conocer las particularidades de la jubilación flexible y los requisitos para acceder a ella, ¡sigue leyendo!
¿Qué es la jubilación flexible?
La jubilación flexible permite compatibilizar el cobro de una pensión con un contrato a tiempo parcial, a través de una reducción de jornada que debe situarse en una horquilla de entre el 25% y el 50%, o, lo que es lo mismo, el jubilado debe realizar una jornada de entre el 75% y el 50% de una jornada de trabajo a tiempo completo.
La jubilación flexible es una opción por la que pueden optar todos los trabajadores de todos los regímenes de la Seguridad Social, excepto los funcionarios civiles del Estado, el personal de las Fuerzas Armadas y el de la Administración de Justicia.
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La solicitud debe hacerse una vez se encuentre legalmente jubilado: la persona seguirá cobrando su pensión, pero con una disminución de su cuantía en proporción inversa a la reducción de la jornada de trabajo que realiza.
Compatibilidad con otras prestaciones
La pensión de jubilación flexible es incompatible con otras pensiones de incapacidad permanente que pudieran corresponder según la actividad desarrollada y con posterioridad al reconocimiento de la pensión de jubilación. Por el contrario, sí que resulta compatible con las prestaciones de incapacidad temporal o de maternidad, derivadas de la actividad efectuada a tiempo parcial.
¿Cómo se calcula su cuantía?
En cualquier caso, el jubilado seguirá cotizando a la Seguridad Social por el trabajo que realice durante todo el período en que se acoja a la jubilación flexible, por lo que todo lo que tribute se añadirá posteriormente a su historial de cotización para calcular (y mejorar) la nueva cuantía de su pensión, en base a:
- Identificar la base reguladora resultante de sumar las cotizaciones en el periodo de la jubilación flexible, aplicando las reglas vigentes en el momento del cese de la actividad, salvo que la aplicación de lo establecido en esta regla diese como resultado una reducción del importe de la base reguladora anterior.
- Las cotizaciones tras la reducción del importe de la pensión de jubilación, y que darán lugar a la modificación del porcentaje aplicable a la base reguladora, en función del nuevo período de cotización acreditado.
- En el caso de fallecimiento del trabajador, para calcular las prestaciones, los beneficiarios pueden optar por calcular desde la situación de activo o desde la situación de pensionista. En este caso, se tomará como base reguladora la que sirvió para la determinación de la pensión de jubilación, aplicando las revalorizaciones habidas desde el momento en que se determinó la correspondiente base reguladora.
Diferencias entre jubilación flexible y parcial
La jubilación parcial es una de las modalidades que se han modificado en el nuevo acuerdo en pensiones y jubilación del Gobierno con los agentes sociales. Entre las novedades está que, a partir de ahora, los trabajadores podrán acceder a la jubilación parcial un año antes, es decir, a los 62 años si tienen más de 38 años cotizados.
El objetivo es mejorar esta modalidad para reducir la jornada laboral y facilitar la compatibilidad del trabajo y la pensión, para una transición más suave hacia la jubilación. Los trabajadores podrán reducir su jornada laboral en días u horas, adaptando sus necesidades y las de la empresa. Y entre los requisitos está que la empresa contrate a un nuevo trabajador.
Jubilación Parcial | Jubilación Flexible | |
---|---|---|
¿Quién puede acceder? | Trabajadores con más de 60 años | Pensionistas que quieren volver a trabajar |
¿Qué tipo de jornada tienes? | Parcial | Parcial |
¿Cuánto puedes reducir tu jornada? | Entre un 25% y un 50% o hasta el 75% con un trabajador relevista por tiempo indefinido | Entre un 25% y un 50% |
¿Cómo quedará tu pensión? | Se aplicará el porcentaje reductor en proporción inversa a la reducción de jornada y según los años de cotización del trabajador. No podrá ser inferior a la pensión mínima. | Se aplicará el porcentaje reductor en proporción inversa a la reducción de jornada. Se aplica porcentajes reductores de la pensión desde el día que se inicia el trabajo. |
¿Cómo se hace la solicitud? | Cumplir con la edad mínima, acreditar una antigüedad en la empresa de seis años y con un período mínimo de cotización de 33 años | Una vez se ha hecho efectiva la jubilación y el cobro de la pensión se puede firmar el contrato laboral a tiempo parcial. |
En el caso de la flexible, es la opción que se escoge una vez ya se ha causado la jubilación, y después, se permite compatibilizar el cobro de la pensión con un contrato a tiempo parcial.
Para determinar la cuantía, en el caso de la parcial se aplica el porcentaje de reducción de jornada al importe de la pensión correspondiente, según los años de cotización del trabajador. Este importe no podrá ser inferior a la cuantía que resulte de aplicar ese mismo porcentaje al importe de la pensión mínima vigente en cada momento para los jubilados mayores de 65 años. En cualquier caso, no se aplican coeficientes reductores en la pensión.
Como se ha visto, en la flexible, la cuantía a percibir se reduce en proporción inversa a la reducción de la jornada de trabajo sobre un trabajador a tiempo completo que sea comparable. Existe una minoración de la pensión desde el día en que se da inicio a la realización de la actividad.
Lo que sí comparten ambas modalidades de jubilación es que, cuando el trabajador decida jubilarse a tiempo completo, pasará a percibir el 100% de la pensión a la que tiene derecho, la cual, igualmente, será objeto de revalorización.
Diferencias en la solicitud
La segunda gran diferencia radica en los requisitos para solicitarlas. En el caso de la jubilación parcial, se distingue entre los trabajadores que tengan un contrato de relevo y los que no.
En el primer caso, hasta ahora es suficiente con cumplir la edad ordinaria de jubilación, en función al periodo cotizado, con una reducción de jornada de entre el 25% y el 75% del tiempo completo, acreditar una antigüedad en la empresa de seis años y con un período mínimo de cotización de 33 años.
Si no existe contrato de relevo, habrá que esperar a cumplir la edad ordinaria, aunque se puede disponer de un contrato a tiempo parcial o completo, con reducción de jornada de entre el 25 y el 75% del tiempo completo, y acreditando seis años o más de antigüedad en la compañía y un período mínimo de cotización de 33 años.
Para la jubilación flexible, la persona debe haber accedido con anterioridad a la jubilación y contar después con un contrato a tiempo parcial. El límite de reducción de jornada se sitúa entre un mínimo del 25% y un máximo del 50%.
En resumen, ¿para quién está destinada la jubilación flexible?
La jubilación flexible es aquella en la que un pensionista decide reincorporarse al mercado laboral después de haber accedido a la jubilación para así compatibilizar la pensión de jubilación con un contrato a tiempo parcial.
La cuantía de la pensión se reducirá en proporción a la jornada de trabajo, con un mínimo del 25% y un máximo del 50%. Durante el tiempo que dure el contrato, cotiza en las mismas condiciones que cualquier otro trabajador, de manera que, cuando finalice el contrato, la base reguladora se calculará con el fin de determinar la nueva cuantía.