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Hay muchas personas que han decidido trabajar en el extranjero, pero tienen dudas acerca de cómo se calcula su futura pensión. ¿Eres una de ellas? Obviamente, cuando se trabaja y cotiza en otros países, lo más lógico y habitual es que surjan ciertas dudas acerca de lo que cobraremos en nuestra jubilación. Por eso, en este post hablaremos de ello para solventar estas dudas.
Esta situación se refleja en la legislación de un gran número de países, y el nuestro no es una excepción. España mantiene acuerdos comunitarios y convenios bilaterales con ciertas nacionalidades para reconocer los periodos cotizados en sus territorios. No obstante, hay dos tipos de trabajadores desplazados en un país extranjero. Por una parte, tenemos los que deciden marcharse a buscar trabajo fuera de España y, por otro lado, los que son llamados por el Ministerio de Empleo en su condición de “desplazados”.
Trabajo y jubilación en países de la Unión Europea
El Ministerio de Empleo de España señala que el tiempo cotizado por los trabajadores desplazados a otro país no puede contemplarse en nuestro sistema de pensiones. Por tanto, estas cotizaciones constarán en la Seguridad Social del Estado miembro de la Unión Europea donde se hayan abonado.
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Para los trabajadores que prestan sus servicios de forma temporal en una empresa con sede en España, cabe señalar que están sujetos a la legislación española durante un plazo de doce meses como máximo. Estamos hablando de trabajadores que realizan actividades profesionales de investigación, científicas o técnicas, entre otras.
Si el trabajador se desplaza a un país de la Unión Europea o a Suiza, se aplicarán los Reglamentos Comunitarios de la Seguridad Social. Es decir, dichos estamentos serán los que reconozcan los periodos cotizados.
¿Cómo se realizan los cálculos para establecer el importe de la jubilación?
Cada país es el responsable de calcular la pensión del trabajador, teniendo en cuenta los periodos en los que éste haya cotizado en el territorio. Asimismo, habrá que valorar si la persona solicitante puede acceder a dicha pensión, ya que la cotización en diferentes países varía.
Por ejemplo, en España se requiere un mínimo de 15 años cotizados y dos de estos años deben ser inmediatos al acceso a la jubilación. Asimismo, la información sobre las cotizaciones se realiza en base a un cálculo por el tiempo completo trabajado. Cuando se proceda a esta regulación habrá que abonar la modalidad más favorable. Y cada país será responsable de pagar la parte proporcional que le corresponda.
o obstante, si el trabajador ha desarrollado su actividad laboral en varios países, deberá presentarse en el organismo correspondiente que tramita las pensiones. En el caso de no haber trabajado nunca en el país donde actualmente vive, se tramitará la solicitud a la última nación donde se hubiera realizado el último trabajo.
En algunos países de la Unión Europea habrá que esperar más para percibir la pensión en función de la edad legal de jubilación establecida. Esta información es muy importante a la hora de conocer la fecha para empezar a cobrarla.
La jubilación en países con convenio bilateral
Nuestro país mantiene convenios bilaterales con varios países como Andorra, Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, México, Paraguay, República Dominicana, Uruguay, Venezuela, Australia, Canadá, Estados Unidos, Corea, Filipinas, Marruecos, Japón, Rusia, Túnez y Ucrania.
Cada nación tiene su propio reglamento y opera de acuerdo con leyes establecidas según su cultura e historia. No obstante, en países como Canadá, Chile, Estados Unidos, México, Marruecos, Venezuela y Filipinas solo se aplicará la modalidad del total del periodo trabajado.
Sin embargo, hay una serie de principios que afectan de igual manera a todos los convenios bilaterales. Nos referimos a la igualdad de trato en cuanto a derechos y obligaciones se refiere, la exportación de las prestaciones y la no devolución de las cotizaciones efectuadas. En este caso, ningún convenio establece la devolución si el trabajador decide retornar a su país de origen.
Cabe destacar que el trabajador deberá solicitar la pensión en el lugar de residencia o en el país donde haya realizado la última actividad laboral. En este caso, será el propio Estado quien haga el trámite de la solicitud y la remita a las instituciones pertinentes para proceder al pago. No obstante, para percibir la jubilación hay que realizar dos tipos de cálculos. El primero tiene en cuenta los periodos que constan en el país donde se hace la solicitud. En el segundo caso, se realizará la suma de los dos países.
Es muy normal abonar la cantidad más elevada, pero también pueden darse excepciones en las que se contabilizan solo los años cotizados si no se alcanza este derecho en el país de origen. Por ejemplo, Estados Unidos, Canadá, Chile, Marruecos, México o Venezuela sí lo contemplan.
Países sin convenio bilateral
Son muchos los que se preguntan qué pasaría si España no tuviera convenio laboral con algún país en cuyo territorio se haya cotizado. La respuesta es muy sencilla, ya que este asunto compete a los organismos responsables de dicho país. Aquí no hay un reconocimiento recíproco y el trabajador estaría mucho más expuesto. El interesado tendría que solicitar las prestaciones correspondientes a sus cotizaciones a cada nación en la que hubiera trabajado.
En este caso, ni los años ni bases cotizados en el extranjero tienen efecto legal en España. Podría ocurrir que, al no reconocerse los periodos de cotización, habría que acreditar ciertos requisitos para poder acceder a la pensión pública del territorio en cuestión, tal y como hemos indicado en el caso de nuestro país.
Para las situaciones en las que haya mayor desamparo, se recomienda reforzar el ahorro privado y hacer una planificación financiera por lo que pueda ocurrir en un futuro próximo. El objetivo es mantener un retiro desahogado, bien en nuestro país o en otro territorio.
En definitiva, trabajar en el extranjero implica preocuparse por el futuro y la garantía de la pensión. Por esta razón, lo mejor es informarse previamente en las oficinas correspondientes para saber qué tipo de acuerdos hay y cómo se regulan en función del periodo cotizado y el país en el que se haya realizado la actividad profesional.