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Cambios fiscales en 2025: jubilación y pensiones

Enero 21, 2025 9 min

Cada comienzo de año trae consigo cambios y novedades fiscales, desde bajadas o subidas de impuestos hasta modificaciones en la normativa, entre otros ajustes que se ponen en marcha.

Este 2025 trae modificaciones importantes en el sistema de pensiones. En concreto, algunos de los más relevantes son los cambios fiscales de 2025 relativos a las pensiones y a la jubilación, con el aumento de la edad de jubilación y del número de años cotizados para cobrar la máxima pensión según cada contribuyente. Conoce los principales cambios fiscales y las novedades en las pensiones en 2025 como la revalorización de las pensiones o la nueva edad de jubilación. ¡Empezamos!

Cambios fiscales 2025 en materia de pensiones y jubilación

Entre los cambios y novedades fiscales en 2025 en materia de jubilación y pensiones está el incremento de la edad legal de jubilación y la preparación para un nuevo método de cálculo de la pensión que se implementará el próximo año 2026. 

La edad ordinaria de jubilación lleva desde el 2013 aumentando año a año. En concreto, de 2013 a 2018 aumentó a razón de mes por año, y desde 2019, lleva aumentando a razón de dos meses por año. Esta transición terminará en 2027, cuando la edad ordinaria de jubilación se fijará en 67 años para quienes no alcancen los 38 años y 6 meses cotizados. Quienes sí lleguen a esta cifra podrán jubilarse a los 65 años. 

La edad de jubilación en 2025 

La edad legal de jubilación se incrementa en 2025 hasta los 66 años y 8 meses para quienes hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses. Aquellos con una cotización igual o superior podrán jubilarse a los 65 años. 

Cotización y cálculo de las pensiones en 2025 

  • El periodo de cotizaciones mínimo para acceder a la jubilación en 2025 sigue siendo el mismo que en 2024. El periodo de cotización mínimo debe de ser de 15 años y al menos dos de ellos deben haberse producido en los 15 años anteriores a la jubilación. Este requisito es conocido como “carencia específica” y es indispensable para acceder a una pensión contributiva.  
  • El cálculo de la base reguladora se determina tomando en cuenta los últimos 25 años de cotización previos al cese de la actividad. Las bases de cotización de los dos últimos años se computan a su valor nominal, mientras que las anteriores se actualizan conforme a la inflación media por el IPC. 
  • A partir de 2026 se introduce un nuevo método para calcular la base reguladora, con lo que el trabajador podrá elegir entre dos opciones, o bien calcular la base reguladora con los últimos 25 años de cotización tal y como se hace actualmente o coger como referencia los últimos 29 años cotizados, pero excluyendo los dos peores años, por lo que computarán 27 años de cotización. La Seguridad Social será la encargada de calcular automáticamente la opción más beneficiosa para el pensionista.

Porcentaje a aplicar sobre la base reguladora para calcular la pensión 

Sobre la base reguladora se aplican una serie de coeficientes que varían en función de los años cotizados. En 2025, para obtener el 100% de la base reguladora será necesario haber cotizado al menos 36 años y 6 meses, requisito que también aplica para quienes se jubilen en 2024 y 2026. 

Sin embargo, a partir de 2027, el periodo de cotización mínimo para acceder al 100% aumentará a 37 años. 

Una vez calculada la pensión de jubilación, si estuviera por debajo de la pensión mínima establecida cada año, puede ser complementada con el complemento de mínimos. En cambio, en caso de que la pensión resultante estuviese por encima del importe de pensión máxima del sistema, se reconocería el importe de pensión máxima. 

Tope de la base máxima de cotización y de la pensión máxima

Aunque se trata de una medida todavía en negociaciones, la propuesta pasa por la vía de actualizar la base máxima de cotización, en función de la revalorización de las pensiones, entre 2025 y 2050, además de incrementarla anualmente.

  • La base máxima de cotización en 2025 sube un 4%, lo que se traduce en 4.909,05 euros mensuales.

Revalorización de las pensiones en 2025

  • Las pensiones contributivas se incrementan en un 2,8%, conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC) medio entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024.
  • Las pensiones mínimas contributivas aumentan alrededor de un 6%, con el objetivo de reducir la brecha con la renta mediana.
  • Las pensiones no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV) se revalorizan en un 9%, buscando alcanzar el 75% del umbral de pobreza para un hogar unipersonal en 2027.

Lagunas de cotización 

Para los autónomos o trabajadores por cuenta ajena, las lagunas de cotización o meses sin aportaciones a la Seguridad Social se cubrirán de la siguiente forma: 

  • Las primeras 48 mensualidades se integrarán en la base reguladora con un importe equivalente al 100% de las bases de cotización mínima y las siguientes equivalen al 50%. 
  • Las lagunas de cotización durante los seis meses posteriores al cese de actividad se integrarán con la base mínima de cotización de ese año, que en 2025 es de 950,98 euros.

En el caso de las mujeres trabajadoras: 

  • Se aplica el 100% de la base mínima durante los primeros 5 años y el 80% durante el sexto y séptimo año sin cotización. 

Nueva subida del Mecanismo de Equidad Intergeneracional en 2025 

El Ministerio de Seguridad Social ha incorporado novedades para equilibrar el gasto de las pensiones. Hablamos del nuevo Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que sustituye al antiguo factor de sostenibilidad, que tenía en cuenta el incremento de la esperanza de vida en España para ajustar el importe de las pensiones. 

¿Y en qué consiste el MEI? Se trata de una nueva cotización para los contribuyentes hasta el año 2050. Este año la nómina de cualquier trabajador, independientemente de su edad y salario, se verá reducida en 0,8% puntos adicionales sobre el salario bruto, de los que un 0,67% corresponderá a la empresa y un 0,13% al contribuyente. Este pequeño aumento en el impuesto sobre la nómina, ha sido el principal factor por el que enero has cobrado un poco menos.

Esta cotización adicional de MEI no generará derechos económicos de pensión adicional y además, no es posible aplicar ningún tipo de reducción o de bonificación sobre el importe de cotización del MEI. Por ejemplo, no se aplican las bonificaciones en la cotización por contribuciones empresariales a planes de pensiones de empleo. 

Incentivo de demora en 2025

El nuevo acuerdo sobre la jubilación y las pensiones establece más incentivos para los trabajadores que prolonguen su vida laboral

  • Aquellos que decidan acogerse a la jubilación demorada podrán incrementar como hasta ahora un 4% anual su pensión, pero con una mejora a partir del segundo año de retraso de la jubilación en el que cada 6 meses supondrá un 2% más en la prestación. 
  • Estos incentivos por seguir trabajando ahora se pueden compatibilizar con el cobro de una parte de la pensión y el sueldo por su actividad. Así, la jubilación activa será compatible con estas bonificaciones por retrasar la salida del mercado laboral. 

Jubilación parcial, novedades 

Otro de los objetivos de este acuerdo es lograr un camino a la jubilación menos abrupto para aquellos trabajadores que quieran alargar su carrera profesional, todo ello a través de la jubilación parcial. Por ello, entre los cambios pactados afectan a esta modalidad y se establece lo siguiente: 

  • Los trabajadores podrán compatibilizar el trabajo a tiempo parcial con la pensión pero tres años antes de la edad legal de jubilación en lugar de dos como hasta ahora. 

Jubilación activa: novedades para acceder 

En el caso de la jubilación activa se elimina el requisito de contar con una carrera de cotización completa y el 100% de la base reguladora. 

  • En 2025 se exige tan solo el requisito de haber trabajado todo un año después de cumplir con la edad de jubilación sin recibir parte de su pensión. 
  • Transcurridos estos doce meses, la pensión aumentará por las bonificaciones de demora compatibles con esta modalidad. 
  • El acuerdo establece que se puede cobrar el 50% la pensión mientras se sigue trabajando, tras un año de demora. Este primer año, más allá de la edad de jubilación, se mantiene sin pensión, pero después los porcentajes van incrementándose. La escalera queda así:
Año de demoraPorcentaje de la pensión
Primer año, tras el de demora45%
Segundo año55%
Tercer año65%
Cuarto año80%
A partir del quinto año100%

Jubilación anticipada

Es posible jubilarse anticipadamente de forma voluntaria hasta un máximo de 24 meses antes de la edad legal ordinaria de jubilación. 

En el reciente acuerdo con patronal y sindicatos para la reforma de las pensiones se han ampliado las bonificaciones a quienes opten por una fórmula mixta de salida del mercado laboral, como por ejemplo, la jubilación parcial o activa, incluso si se realiza de forma anticipada. 

Si se reúnen los requisitos necesarios para acceder a una jubilación anticipada, existe otro factor a tener en cuenta antes de solicitarla: conlleva una reducción de la cuantía de pensión, lo que se denomina coeficientes reductores. El porcentaje de reducción aumenta a medida que disminuye la edad en la que el trabajador se retira. Es decir, cuanto más joven te jubilas, menor es la cuantía de tu pensión.

Recapitulando

El sistema de cotización para autónomos, el reciente Mecanismo de Equidad Intergeneracional, la nueva ley de vivienda, las obligaciones de declarar el importe en criptomonedas, el aumento de las bases máximas de cotización y los nuevos impuestos sobre sociedades son algunos de los cambios fiscales de 2025 en materia de pensiones.

Además, también aumenta la edad de jubilación, el mínimo de años para cobrar el 100% de la pensión y las pensiones contributivas.

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