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Hace unos meses escuchábamos en los titulares acerca de la “ayuda que ofrece la Agencia Tributaria de 200 euros” y, sin saber mucho sobre ella, rellenamos la solicitud. Debido a la situación económica y social que se vive en el mundo y en el país, se han puesto en marcha una serie de ayudas de diferentes tipos: Ingreso Mínimo Vital, Ayuda Familiar, entre otros.
El período de solicitud de esta ayuda para 2023 terminó el día 31 de marzo. A partir de esa fecha, el Gobierno tiene 3 meses exactos para ingresar la ayuda a las personas que cumplan los requisitos. Es decir, como la fecha límite de solicitud fue el 31 de marzo, la fecha máxima de ingresos es el 30 de junio de 2023.
Muchos aún no han recibido ni el pago ni la notificación de rechazo. Entonces, ¿qué podemos hacer si nos la han denegado o si no sabemos el estado de nuestra solicitud? En este post os explicamos todo lo que necesitas saber para reclamar la ayuda de 200 euros de Hacienda, ¿estás listo?
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¿Qué es el cheque de 200 euros de la Agencia Tributaria?
Como bien indica el Ministerio de Hacienda y Función Pública en la página web oficial, este “cheque” consiste en una ayuda de un único pago de 200 euros para aquellas personas (físicas) que tengan un nivel bajo de ingresos y patrimonio.
Como ocurre en todas las ayudas gubernamentales, existen unas condiciones a cumplir para que se conceda esta subvención. No todo el mundo puede solicitarla y a continuación explicamos qué personas pueden pedirla y cuáles no.
Personas que pueden solicitar esta subvención
No todo el mundo puede pedir esta ayuda, el Gobierno delimita a los siguientes grupos las personas que serán beneficiarias de los 200 euros de Hacienda:
- Que hayan realizado alguna actividad económica por cuenta ajena o propia por la que estuvieran dados de alta en el respectivo régimen de la Seguridad Social.
- Los que han sido beneficiarios de la prestación por desempleo.
- Cuando la renta no supere los 27.000 euros íntegros (sin descontar gastos ni retenciones). En este caso se sumarán las rentas y patrimonio de los convivientes en el mismo domicilio, como son el cónyuge o pareja de hecho inscrita, descendientes menores de 25 años o con discapacidad, o ascendientes hasta segundo grado por línea directa (abuelos).
Todos estos casos se aplican sobre la situación dada en 2022, es decir, si en 2022 se encontraban en algunas de las condiciones mencionadas. Además, deben tener la residencia habitual en España, lo que significa que hayan permanecido más de 183 días o su núcleo principal de la actividad sea dentro del territorio de España.
Si se cumplen estos requisitos, podrán solicitar la ayuda varias personas que convivan en el mismo domicilio.
Personas excluidas de la ayuda de Hacienda de 200 euros
Al mismo tiempo que se limita a ciertos grupos para recibir la ayuda, se indica qué personas no podrán recibir esta contribución, que son aquellas que, a 31 de diciembre de 2022:
- Hubieran percibido el Ingreso Mínimo Vital, incluido el complemento de ayuda a la infancia.
- Los que reciban una pensión abonada por el Régimen General, Régimen especial de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado. Tampoco las personas que perciben prestaciones de las mutualidades de previsión social alternativas al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA).
Tampoco tendrán derecho a recibir ayuda aquellos que, durante el año 2022, vivan en el mismo hogar que alguna de las siguientes personas: el beneficiario, el cónyuge, la pareja registrada oficialmente, los hijos menores de 25 años o con discapacidad cuyos ingresos no superen los 8.000 euros (excluyendo los ingresos exentos), y los padres y abuelos hasta el segundo grado de parentesco por línea directa.
Esto se aplica si alguna de estas personas es administradora legal de una empresa que no haya cesado su actividad antes del 31 de diciembre de 2022, o si son propietarios de acciones que representan la participación en el capital de una empresa y estas acciones no se negocian en mercados organizados.
Consultar el estado de la solicitud
Si te puede la impaciencia y aún no has recibido ningún tipo de notificación, la Agencia Tributaria pone a disposición de los ciudadanos un apartado en su página web donde poder consultar el estado de la solicitud. Podrás acceder con el número del DNI del solicitante y su fecha de validez, o bien con el certificado electrónico (si no lo tienes, lo podrás obtener por internet).
Al consultar el estado de la solicitud también podrás realizar otras acciones como desistir de la ayuda, observaciones realizadas por la administración, la fecha y hora de presentación o la opción de descarga de justificante de presentación. Dentro del apartado de observaciones es donde podrás comprobar el estado o si existe alguna incidencia. Existen tres estados posibles:
- Alta: cuando la solicitud se ha enviado correctamente y la Agencia Tributaria aún no la ha aceptado. Si la ayuda ha sido aceptada, la plataforma indicará ‘Acuerdo de devolución’, lo que significa que el pago se hará dentro de poco.
- OA: es cuando la petición ha sido recibida pero falta que la revisen.
- Baja: si no se ha completado el formulario de manera correcta.
Cómo reclamar en el caso de denegación
Si te ha llegado la notificación de que tu solicitud ha sido rechazada, en el documento se indicará una serie de datos para poder consultar los motivos de la denegación. En el caso de no estar de acuerdo con estos motivos, el solicitante tiene un mes desde la fecha de notificación para reclamar la ayuda y puede apelar a través de:
- Recurso de Reposición: Dentro de un mes a partir de la fecha de la resolución, el solicitante tiene la opción de presentar un recurso de reposición ante la oficina responsable del acto administrativo impugnado. Es importante mencionar que este recurso es opcional y no es necesario haber presentado previamente una reclamación económico-administrativa.
- Reclamación Económico-administrativa: Dentro de un mes a partir del día siguiente a la notificación del acto impugnado, o a partir del día en que se considera denegado el procedimiento o el recurso de reposición previo, el solicitante puede presentar una reclamación económico-administrativa. Esta reclamación debe dirigirse al órgano administrativo responsable que emitió el acto impugnable.
En el caso de que la reclamación no salga adelante, siempre puedes consultar todas las ayudas a las que acceder durante 2023 ya que existen diferentes dependiendo de la situación de cada persona.
Recapitulando
En conclusión, el cheque de 200 euros de la Agencia Tributaria se presenta como una herramienta clave para brindar apoyo económico a los ciudadanos con ingresos y patrimonio escasos. El plazo para la solicitud de este año ya ha finalizado, pero aún puedes consultar el estado de tu solicitud y reclamar a través de un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa, durante el mes posterior a la notificación. Dada la situación del país, el Gobierno ha puesto en marcha otras ayudas para todos aquellos que lo necesiten, como es la ayuda familiar, o las ayudas para personas dependientes.