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¿Cuánto, cómo y cuándo cotiza un autónomo? Lo que debes saber

Marzo 22, 2023 5 min 68 veces compartido

Tanto si trabajas por cuenta propia o por cuenta ajena, una parte de lo que ganas lo destinas a la caja de la Seguridad Social, que más tarde te garantizará protección económica frente a una baja por enfermedad, invalidez o para cuando llegue el momento de tu jubilación. 

En el caso de las cotizaciones de los autónomos, los pagos y las cantidades se gestionan individualmente. En este post resolvemos algunas dudas al respecto, además de comentar los cambios que experimentarán las cuotas de los autónomos durante los próximos años. ¡Comenzamos!

¿Cuándo debe cotizar un autónomo?

Durante su vida laboral, el autónomo va aportando dinero al sistema. Después se revisa su historial y, según el número de años cotizados y la cuota por la que se ha cotizado, se cobra una pensión de jubilación en el momento oportuno. Para cotizar por una actividad por cuenta propia hay que estar dado de alta en el RETA, el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

El pago de la cuota, que da derechos de cotización, se paga mensualmente. Es importante tenerlo en cuenta. Aunque la cuota se carga automáticamente cada mes en la cuenta bancaria que tenga la Seguridad Social, si no puedes pagar un mes, se aplicará la correspondiente multa según el tiempo de retraso:

  • Un mes natural de retraso: multa del 10% del total de la deuda.
  • Dos meses naturales de retraso: multa del 20% del total de la deuda.
  • Tres meses naturales de retraso: multa del 35% del total de la deuda.

El trabajador autónomo tiene la obligación de cotizar desde el primer día del mes en el que se inicia la actividad. Aunque la cuota es mensual, existe la posibilidad de cotizar desde el día en el que se inicia la actividad hasta que se da de baja.

En situaciones de incapacidad temporal, el trabajador dejará de pagar la cuota de autónomos a partir de los dos meses de baja, concretamente, a partir del día 61. Tampoco pagarán cuota de autónomos las madres y los padres que disfruten de su baja de maternidad o paternidad, a los que se les bonifica el 100% de la cuota sin necesidad de realizar contrataciones.

¿Cómo cotiza un autónomo?

Cotiza de la misma manera que un trabajador por cuenta ajena. Las cotizaciones se van acumulando en la Seguridad Social y generan derechos como el de la pensión pública de jubilación, la prestación por cese de actividad o por enfermedad…

En todo caso, se debe tener en cuenta que las pensiones de los autónomos suelen ser más bajas que las de los trabajadores por cuenta ajena. Y es que la principal diferencia con las cotizaciones de los trabajadores del régimen general es la libertad de elegir la base de cotización. 

Esta libertad de elección tiene la ventaja de poder conservar la mayor parte de los ingresos, pero el inconveniente de recibir una pensión de jubilación más baja en el futuro. 

Y es que los datos lo demuestran: la pensión media de los autónomos en 2022 está alrededor de los 830 euros mensuales, casi 600 euros menos que la que cobran de media los trabajadores por cuenta ajena. Esto se debe, básicamente, a que no todos cotizan lo mismo, de hecho, muchos de ellos eligen cotizar por la base mínima, independientemente de sus ganancias. 

¿Cuánto cotiza un autónomo?

Desde el 1 de enero de 2019, los autónomos pagan más en concepto de cotización por más prestaciones sociales. Es el caso de coberturas como contingencias profesionales, cese de actividad y formación continuada.

Cambios en las cotizaciones de los autónomos a partir de 2023

El sistema de cotizaciones de los trabajadores por cuenta propia está a pocos meses de sufrir importantes cambios. Las nuevas cotizaciones irán aumentando a lo largo de 2023, 2024 y 2025 y se ajustarán en función de los ingresos reales de los autónomos, es decir, de los beneficios que obtengan de su actividad económica.

Este cambio se aplicará de forma paulatina durante nueve años hasta el 2032, cuando será totalmente efectiva. 

Con esta reforma del sistema se pretende igualar poco a poco las prestaciones del régimen general y del RETA. La cuota de autónomos variará a partir de 2023 para los tramos inferiores al salario mínimo y para los ingresos superiores a los 1.700 euros al mes, aunque se mantendrá igual para los tramos medios. Se han establecido 15 tramos distintos en función de los ingresos, y las cuotas variarán de los 230 hasta los 500 euros para el tramo más alto. 

Recapitulando

Los autónomos cotizan mensualmente, al igual que los asalariados, para obtener prestaciones sociales en situaciones como la jubilación, la baja por enfermedad o la incapacidad.  En el caso de los trabajadores autónomos, estas cotizaciones a la Seguridad Social se gestionan de manera individual. Esto quiere decir que deciden por qué base cotizar, desde un mínimo de 294 euros mensuales hasta un máximo de 1.266,66 (en 2022), independientemente de los ingresos que obtengan.

Sin embargo, para alinear el sistema de cotización de los autónomos con el del resto de trabajadores, se planea durante los próximos años hacer obligatoria la cotización en función de los ingresos.

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