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Los impuestos permiten financiar servicios públicos como la educación, la sanidad y las infraestructuras que usamos a diario. Además, es una manera de reducir la desigualdad y favorecer a los más vulnerables.
Aunque es habitual sentir desgana a la hora de hacer este trámite anual, no se debe olvidar que la declaración de la renta no solo implica pagar impuestos; también puede generar beneficios, recuperar impuestos que no nos correspondía abonar, aplicar las deducciones fiscales, devoluciones o incentivos.
En ocasiones, es una oportunidad para obtener nuestras deducciones por gastos médicos, educación o vivienda. En resumen, la declaración debería ser un primer paso hacia una mejor planificación fiscal y financiera.
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Rendir cuentas con la Agencia Tributaria es un proceso que tiene sus plazos, sus cambios cada año y que puede hacerse de varias maneras. Algunos prefieren la confianza que les aporta el sistema presencial o telefónico, otros prefieren la comodidad y rapidez de hacerlo de forma telemática. Excepto cuando son declaraciones sencillas por la estructura de gastos e ingresos, es recomendable consultar con algún gestor de confianza si no estamos familiarizados con el trámite. Por eso, es interesante –y rentable- dedicar tiempo a aprender a hacer la declaración de la Renta.
Sea cual sea tu elección, saber los detalles, fechas y novedades en la declaración de la Renta de cada año es esencial para estar al día con Hacienda, desgravarte ciertos ingresos y evitar posibles multas. Quédate a leer este post para saber hasta cuándo se puede hacer la declaración de la Renta sobre el ejercicio 2024, que se realiza en 2025. ¡Empezamos!
¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta 2025?
A partir del 3 de abril comienza la campaña; desde esa fecha se puede empezar a presentar la declaración de la renta. Según la Agencia Tributaria, estos son los datos más relevantes:
- 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2024.
- 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2024 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio).
- 2 de junio hasta el 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2024 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio).
Para ser atendido por la Agencia Tributaria, tanto por teléfono como presencialmente, debes concertar previamente la cita, por Internet o llamando a los siguientes números de teléfono:
- Teléfono automático: 91 535 73 26 / 901 12 12 24
- Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
Es necesario tener en cuenta que si se presenta la declaración de la Renta fuera de plazo, Hacienda podrá aplicar la sanción correspondiente. Por lo que es necesario que no se te pasen las fechas límite.
¿Cuál es la fecha límite para que los autónomos presenten su declaración?
Tanto los trabajadores por cuenta propia como aquellos por cuenta ajena deben presentar la declaración en los plazos fijados por Hacienda cada año, como hemos comentado anteriormente. Eso sí, la declaración de la renta para los autónomos se puede hacer a través de otras herramientas diferentes a las de un trabajador por cuenta ajena. Es importante conocer bien los detalles sobre el IRPF para los autónomos para no cometer errores que nos puedan provocar una sanción por parte de la Administración.
¿Cuándo se recibe el ingreso de la declaración de la Renta 2025?
Los contribuyentes siempre quieren recibir lo antes posible el ingreso de Hacienda por la devolución de la Renta. La Agencia Tributaria ha fijado unos plazos máximos para realizar la devolución. Hay excepciones y, además, todo va en función del orden de llegada por lo que si sospechas que te puede salir a devolver, debes entregarla cuanto antes.
La ley fija un término de seis meses desde el cierre del plazo de presentación de la renta para liquidar las devoluciones o para atender a rectificaciones. Esto también incluye a las declaraciones hechas fuera de plazo. Es decir, que la ley marca a la Agencia Tributaria seis meses desde que fue presentada cada declaración para atender a las devoluciones. Hacienda está obligada a realizar el ingreso antes del 31 de diciembre.
Si Hacienda sobrepasa ese plazo sin pagarte, deberá abonarte un interés por el retraso. El contribuyente podrá reclamar la devolución además de los intereses de demora (que son del 4,0625%) desde la fecha en que expire ese plazo de seis meses hasta la fecha en que se ordene el pago.
Cómo hacer la declaración de la Renta 2025
Como hemos visto anteriormente, hay varias opciones para hacer la declaración de la Renta: de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, de forma telemática a través de la aplicación online Renta Web o por la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.
En este punto es importante saber cómo se pide la cita previa y cómo acceder al borrador para poder presentar la declaración de la renta a tiempo. Te recomendamos, si tienes dudas sobre tu caso concreto porque no estás de acuerdo con el borrador, buscar asesoramiento profesional para saber qué opción es más beneficiosa (por ejemplo a la hora de hacerla conjunta o por separado).
Cómo acceder a la Renta del año pasado
A través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria puedes obtener una copia de la declaración de la renta de otros años. Es un procedimiento sencillo que puede tramitarse de diferentes formas y, por lo general, de manera inmediata. Se precisa un método de identificación para acceder. Las diferentes opciones de obtener la declaración son las siguientes:
- Desde la página de trámites del modelo 100, puedes obtener el ejercicio de años anteriores accediendo al enlace “Consulta de declaraciones presentadas”. Después has de escoger método de identificación: mediante firma digital (certificado o DNI electrónico), sistema Cl@ve PIN o con el número de referencia.
- Con las mismas opciones para identificarse, se puede acceder a la Renta de 2024 a través del “Servicio de tramitación borrador / declaración (RENTA WEB)”.
- En caso de disponer de la firma digital o de estar registrado en el sistema con Cl@ve digital existe una opción todavía más sencilla. Se trata del acceso a través del portal “Mi área personal” donde se puede acceder a la totalidad de los ejercicios presentados. Tan solo hay que ingresar al área personal dentro de la Sede Electrónica, después, acceder a “Mis expedientes” y a continuación pulsar en el enlace “Consultar declaraciones presentadas”.
- Otra opción para saber cómo ver la renta del año pasado es a través del “Cotejo de documentos mediante código seguro de verificación (CSV)”. Para acceder a la copia de la declaración presentada en años anteriores se debe utilizar el código seguro de verificación que se obtiene en el justificante al realizar la presentación electrónica, junto con la fecha y hora de la presentación.
Ahora que ya sabemos cómo acceder a la Renta del año pasado, cabe destacar que estas opciones tan solo son efectivas si los ejercicios anteriores se realizaron de manera online. En caso de haber presentado la renta de forma física y en formato papel, debemos dirigirnos a la Administración y Delegación correspondiente. Para ello, se requiere una solicitud de cita previa.
Novedades para la declaración de la Renta de 2025
Cada año se incorporan novedades en la declaración de la renta que es necesario tener en cuenta a la hora de presentarla. Deducciones, reducciones, exenciones, ayudas… Te aconsejamos estar informado sobre las nuevas medidas, y es que en algunos casos, podremos rebajar nuestra factura fiscal.
La Agencia Tributaria destaca como novedades que el plazo de presentación para contribuyentes del IRPF y del IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes) sin establecimiento permanente es el de presentación de la declaración del IRPF de 2024: hasta el 30 de junio.
También añade que el plazo de presentación para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del IRNR con establecimiento permanente es el de presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades de 2024: hasta el 25 de julio, para entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural.
Sistema de cotización para los autónomos
Una de las cuestiones a tener en cuenta en esta campaña de la Renta sobre el ejercicio fiscal 2024 y que se entrega en 2025, es el sistema de cotizaciones para autónomos. Desde 2023 sus cotizaciones se empezaron a calcular partiendo de sus ingresos totales, por tramos tal y como lo hacen el resto de trabajadores.
Desde 2024 todos los autónomos están obligados a presentar su declaración, independientemente de sus ingresos.
Tramos del IRPF
Otra novedad la vemos en los tramos del IRPF de este año. Los tramos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para la declaración de la renta de 2024 se estructuran de manera progresiva, aplicando diferentes tipos impositivos según los ingresos anuales del contribuyente. El IRPF se compone de una parte estatal y otra autonómica, cada una con sus propios tipos impositivos. A continuación, se detallan los tramos generales:
Base Imponible (€) | Tipo Estatal | Tipo Autonómico* | Tipo Total |
---|---|---|---|
Hasta 12.450 | 9,5% | 9,5% | 19% |
12.450 – 20.200 | 12% | 12% | 24% |
20.200 – 35.200 | 15% | 15% | 30% |
35.200 – 60.000 | 18,5% | 18,5% | 37% |
60.000 – 300.000 | 22,5% | 22,5% | 45% |
Más de 300.000 | 24,5% | 22,5% | 47% |
*El tipo autonómico puede variar según la comunidad autónoma de residencia, ya que cada una tiene la facultad de establecer sus propios tipos impositivos. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, los tipos autonómicos son generalmente más bajos, mientras que en Cataluña pueden ser más elevados.
Para la declaración de la Renta 2025 en España, los patrimonios netos superiores a 3 millones de euros están sujetos al Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF). Este tributo complementa al Impuesto sobre el Patrimonio y se aplica de manera progresiva según los siguientes tramos:
Base Liquidable (€) | Tipo Impositivo |
---|---|
Hasta 3.000.000 | 0% |
3.000.000,01 – 5.347.998,03 | 1,7% |
5.347.998,04 – 10.695.996,06 | 2,1% |
Más de 10.695.996,06 | 3,5% |
Es importante destacar que existe un mínimo exento de 700.000 euros, por lo que el impuesto comienza a aplicarse a partir de un patrimonio neto de 3.700.000 euros.
Este impuesto se devenga el 31 de diciembre de cada año y su declaración coincide con el periodo de presentación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre el Patrimonio, generalmente entre mayo y junio del año siguiente.
Dado que las comunidades autónomas pueden establecer bonificaciones o exenciones en el Impuesto sobre el Patrimonio, el ITSGF busca armonizar la tributación de los grandes patrimonios a nivel estatal. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, donde existe una bonificación del 100% en el Impuesto sobre el Patrimonio, el ITSGF se aplica íntegramente.
Como hemos comentado antes, es recomendable consultar con un asesor fiscal para obtener información actualizada y adaptada a su situación particular, ya que la normativa puede estar sujeta a cambios.
Reducción de impuestos para salarios de hasta 21.000 euros
Para la campaña de la Renta 2025 se ha implementado una ampliación de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo para los contribuyentes con sueldos brutos comprendidos entre 15.000 y 21.000 euros anuales. Esta medida tiene como objetivo aliviar la carga fiscal de las rentas bajas y medias.
Es importante destacar que esta reducción se aplica únicamente a los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 16.825 euros, siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros. El importe de la reducción será:
- Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 13.115 euros: 5.565 euros anuales.
- Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 13.115 y 16.825 euros: 5.565 euros menos el resultado de multiplicar por 1,5 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 13.115 euros anuales.
Esta medida forma parte de las iniciativas del Gobierno para apoyar a los trabajadores con ingresos medios y bajos, ampliando el umbral de rentas que pueden beneficiarse de reducciones en el IRPF. También existen deducciones por maternidad para madres en desempleo o sin empleo fijo.
Quién está obligado a hacer la declaración de la Renta 2025
Existen algunos casos en los que el contribuyente no está obligado a hacer la declaración de la renta porque sus ingresos o inversiones no llegan al mínimo establecido, pero puede desgravarse pagos realizados. Es fácil perderse entre tantos supuestos y términos fiscales por lo que hemos recogido en este apartado las dudas más comunes sobre los casos a la hora de hacer la declaración.
En 2025, los contribuyentes en España no están obligados a presentar la declaración de la renta si cumplen ciertos criterios relacionados con sus ingresos y la naturaleza de estos. Los principales casos en los que no es obligatorio son los siguientes:
1. Rendimientos del trabajo
- Si los ingresos brutos no superan los 22.000 euros anuales de un solo pagador.
- Si existen dos o más pagadores, pero el segundo y los sucesivos no superan un total de 1.500 euros y los ingresos totales no exceden 14.000 euros anuales.
2. Rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales
- Si los ingresos totales por dividendos, intereses bancarios, o ganancias patrimoniales no superan 1.600 euros anuales.
- Esto incluye ingresos sujetos a retención o ingresos de seguros de vida o inversiones financieras.
3. Rentas inmobiliarias imputadas y otras rentas exentas
Si el total de rentas imputadas por la tenencia de inmuebles no afecta a la residencia habitual o garajes, junto con otras rentas exentas o sometidas a retención, no supera 1.000 euros anuales.
4. Ingresos mínimos generales
Si los ingresos totales (incluyendo rendimientos del trabajo, rendimientos de capital, y otras rentas) no superan 1.000 euros anuales y no han tenido pérdidas patrimoniales mayores a 500 euros.
5. Personas con rentas exentas
Los ingresos exentos (como prestaciones por maternidad/paternidad, becas, ayudas públicas, indemnizaciones por despido, etc.) no obligan a presentar declaración.
6. Situaciones específicas
Las personas que hayan recibido prestaciones no contributivas, como pensiones mínimas o rentas básicas de inserción, no están obligadas si no superan los límites generales.
No obstante, aunque algunos ciudadanos no están obligados, muchos contribuyentes pueden presentar la declaración para solicitar devoluciones por retenciones excesivas.
Si estoy jubilado, ¿tengo que hacer la declaración de la Renta 2025?
La respuesta es sí. Ahora bien, sólo tendrás que presentarla si tus ingresos superan los 22.000 euros anuales. Si no llegas a ese umbral no es necesario hacer la declaración de la Renta para jubilados. Si cobras la pensión de varios pagadores –por ejemplo, de una pensión privada, además de la pública-, estarás obligado si la suma de las pensiones supera los 14.000 euros anuales y el segundo pagador (o más) ha abonado más de 1.500 euros en total. No obstante, hay una serie de excepciones que es conveniente conocer, cómo que si los rendimientos del capital mobiliario son inferiores a 1.500 euros al año no es preciso declararlos.
Además, si alquilas un inmueble o tienes segundas viviendas, estarás obligado si los ingresos totales superan los límites generales (14.000 o 22.000 euros según el caso). Si sumas ingresos adicionales a tu pensión, como trabajos esporádicos, y superas los límites establecidos, también deberás declarar.
Declarar a Hacienda el ahorro para el futuro
Los productos de ahorro deben declararse siempre a Hacienda. En función de la herramienta que se utiliza tributan de un modo u otro, y nos dan unos beneficios fiscales u otros.
- Planes de pensiones: cuentan como rendimientos del trabajo (que son básicamente los ingresos por la actividad laboral) y se declaran a la Agencia Tributaria de la misma forma. Ahora bien, hay ventajas fiscales para las aportaciones a los planes de pensiones hasta los 1.500 euros anuales.
- Fondos de inversión: forman parte de la base de ahorro y cuentan como pérdida o ganancia patrimonial. Así, si se venden, se paga por las ganancias obtenidas si las hubiera. Si hubiera pérdidas, se compensan con otras ganancias patrimoniales del ejercicio (por ejemplo, la venta de acciones, inmuebles, etc.). Si después de compensar con ganancias patrimoniales aún quedan pérdidas, se pueden compensar con rendimientos del capital mobiliario (intereses de cuentas, dividendos, etc.), con un límite del 25% del saldo positivo de estos rendimientos.
- Seguros de vida: pueden formar parte de los rendimientos del trabajo o como una ganancia patrimonial, dependiendo de cómo se presente el contribuyente en el seguro.
- Planes de Previsiones Asegurados (PPA): Las aportaciones a los PPA también rebajan la base por la que se tributa. Cuando se rescatan cuentan como rendimientos del trabajo y debe pagarse el correspondiente IRPF. En este otro post te contamos todo sobre cómo es la fiscalidad de un PPA.
Sanciones por errores o no realizar la declaración de la Renta
No entregar la declaración en el plazo y con los datos correctos acarreará sanciones y problemas para el contribuyente si la Agencia Tributaria lo detecta. En primer lugar, se debe saber que si se entrega fuera de plazo y tienes que pagar al fisco, pero lo regularizas antes de que te lo reclame la Administración, la sanción es del 1% del importe a pagar si el retraso es de un mes. Por cada mes adicional de retraso, se añade un 1% adicional, hasta alcanzar el 12% en el duodécimo mes.
A partir de los 12 meses, se aplica un recargo fijo del 15% más los intereses de demora correspondientes.
Si esperas a que te llegue el requerimiento de la Agencia Tributaria, la multa es proporcional y oscila entre el 50% y el 150% del importe adeudado, dependiendo de la gravedad de la infracción.
Al contrario de lo que algunos piensan, si te corresponde que te devuelva dinero Hacienda, pero no realizas la declaración, también puedes ser sancionado. Si entregas la declaración antes de que te llegue el requerimiento, se aplica una sanción fija de 100 euros. Si lo haces después del aviso oficial, son 200 euros, reducibles a 150 euros si se acepta y no se recurre.
En el caso de que se haya presentado la declaración pero con errores u omisiones –y no se subsanan en plazo-, la panoplia de sanciones es amplia en función de la cuantía y la intencionalidad que la Agencia Tributaria entienda que ha tenido el contribuyente.
Las multas van desde el 50% de la cantidad no declarada, si no supera los 3.000 euros y no hay ocultación, hasta entre el 100% y el 150% si se emplean medios fraudulentos.
En el caso de los autónomos y emprendedores, si presentan la declaración con errores en deducciones o con documentos falsos, la sanción oscila desde el 15% de la cantidad indebidamente deducida hasta el 150% del perjuicio causado a Hacienda si se considera fraude.
Además de las sanciones mencionadas, se aplicarán intereses de demora sobre las cantidades adeudadas desde el día siguiente al vencimiento del plazo hasta la fecha de pago.
Por último, se debe saber que la no presentación o la presentación incorrecta de la declaración puede conllevar la pérdida de deducciones, devoluciones u otros beneficios fiscales a los que se podría haber tenido derecho.
Recapitulando: cuándo se puede hacer la declaración de la Renta 2025
Es habitual que no nos resulte atractivo ponernos a la tarea de realizar la declaración de la Renta, y más teniendo en cuenta que hay cambios todos los años, algo que nos exige ponernos al día. Sin embargo, no hay que olvidar que la Agencia Tributaria realiza estas modificaciones para adaptarse a las nuevas tendencias económicas de la población española.
Por todo esto, es conveniente consultar los cambios a la hora de realizar nuestra declaración de la Renta para estar al corriente con Hacienda y evitar sustos o multas inesperadas que, como hemos visto, pueden ser cuantiosas. Además, ciertos productos de ahorro pueden reportarte interesantes beneficios fiscales, por lo que te puede ayudar estar al tanto de las novedades.
Los gestores más expertos dicen que los buenos contribuyentes son los que preparan su declaración de la Renta desde el comienzo del año, conociendo cómo podrán favorecer las normas de manera que paguen lo que es justo, ni más ni menos, es decir, que no debamos pagar ni recibir dinero de Hacienda. Un buen objetivo para aplicarlo ya en 2025.