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Cómo afectan los ERTE a la declaración de la Renta

Junio 18, 2024 5 min 11 veces compartido

La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2023 se desarrolla del 3 de abril al 1 de julio, si se efectúa domiciliación bancaria del pago, el plazo finaliza el 26 de junio de 2024.

De cara a cumplir las obligaciones con la Agencia Tributaria, surgen varias cuestiones y una de ellas es en qué medida afectan los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) en la Declaración de la Renta. Las ayudas económicas percibidas en este concepto se consideran rendimiento de trabajo sujeto a IRPF, por lo que se deben tributar.

A continuación, te contamos las implicaciones que puede tener en la declaración de la Renta 2024 de un trabajador que haya estado en ERTE durante el año fiscal 2023. ¡Empezamos!

Declaración de la Renta 2024 en situación de ERTE

Antes de nada, cabe destacar qué es este mecanismo legal. Los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) surgen como una medida que las empresas pueden adoptar en tiempos de adversidad laboral como la suspensión temporal del contrato de trabajo o la reducción de la jornada de sus trabajadores. Estas medidas están recogidas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores y pueden darse por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción o por fuerza mayor. Durante el tiempo que el trabajador está en situación de ERTE puede recibir protección por desempleo.

En cualquier caso, los contribuyentes que en 2023 recibieron prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) por haber estado en situación de regulación temporal de empleo (ERTE) deben tener en cuenta que dichas prestaciones se consideran rendimientos del trabajo y por lo tanto, están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

¿Qué implicaciones fiscales tiene haber percibido prestaciones por ERTE en 2023?

Como hemos comentado, las prestaciones percibidas durante el periodo de ERTE no están exentas de tributación, puesto que se consideran como rendimientos de trabajo. En otras palabras, debemos incluirlas en nuestra declaración de la renta. Sin embargo, si durante el ejercicio fiscal del 2023 el contribuyente ha percibido tan sólo ingresos procedentes de prestaciones por ERTE, no tendrá obligación de declararlo en la Renta si la cantidad percibida es inferior a 22.000 euros anuales.

Ahora bien, si los contribuyentes perceptores de estas prestaciones contaron con dos o más pagadores en 2023, el límite obligatorio para tener que realizar la declaración de la Renta baja hasta los 15.000 euros (siempre, eso sí, que el segundo pagador y los restantes haya pagado más de 1.500 euros durante el año).

Es decir, se considera formalmente al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) como un pagador más en ese ejercicio, lo que es muy importante ya que, de no ser así, muchos contribuyentes sólo tendrían un pagador, lo que implicaría que el mínimo para hacer la declaración sería de 22.000 euros.

Sin embargo, es importante subrayar que tener dos o más pagadores no significa para el contribuyente tener que pagar más impuestos a la hora de presentar su declaración de la Renta.

Las retenciones de los ERTE de 2023

En relación a las retenciones que se practicaron a cada contribuyente por el ERTE, si no se hicieron de manera adecuada, la propia Hacienda regulará la situación en la declaración de la renta y cobrará aquellas cantidades que no hubiera retenido en su momento.

Cabe recordar que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se aplica directamente en las nóminas de los trabajadores por parte de las empresas, pero que, en el caso de un ERTE, esta obligación recae en el SEPE.

El problema es que en estas prestaciones, como no se alcanzan los importes mínimos sobre los que, de acuerdo a la legislación tributaria, se exhorta a aplicar la retención correspondiente, con frecuencia no se practica en el mismo momento de realizarse, por lo que Hacienda termina de calcular la diferencia a abonar en la declaración de la Renta.

Respecto a lo que ocurre en la declaración de la renta si el SEPE ingresó en prestaciones más de lo que correspondía al contribuyente en ERTE ocurre lo siguiente:

  • Si el reintegro de lo pagado por el SEPE es superior y ya se ha producido en 2023, la Agencia Tributaria refleja en los datos fiscales del contribuyente la cantidad correcta para que se pueda presentar su declaración con normalidad, sin tener que solicitar rectificaciones posteriores.
  • En el caso de que el reintegro de lo pagado en exceso por el SEPE no se haya producido en el año fiscal 2023, el contribuyente debe revisar sus datos fiscales. Si está todo correcto, puede trasladar esa información a Renta Web y presentar su declaración normalmente, sin tener que solicitar rectificaciones posteriores.

Recapitulando, ¿se deben incluir las prestaciones por ERTE en la declaración de la renta 2023?

Las prestaciones que recibieron los contribuyentes en situación de ERTE del SEPE se consideran rendimientos del trabajo y por lo tanto se deben incluir en la declaración de la renta 2023 que se lleva a cabo del 03 de abril al 1 de julio de 2024. 

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