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PPA y hacienda
Asegura tu jubilación

Así respondes ante Hacienda si tienes un PPA

abril 15, 2021 3 min 22 veces compartido

Hay varios productos de ahorro de cara a la jubilación que unen un interesante rendimiento a ciertas ventajas fiscales que aumentan su atractivo. Uno de esos productos es el Plan de Previsiones Asegurado, conocido por sus siglas, PPA. Estos planes tienen una serie de desgravaciones en el IRPF, aunque conviene saber los detalles.

¿Cómo tributan las aportaciones a un PPA?

El PPA es un producto que permite ir realizando aportaciones periódicas. Ese ahorro está bonificado. Lo notaremos a la hora de hacer anualmente la declaración del IRPF.

Básicamente la bonificación consiste en una reducción de nuestra base imponible, es decir, lo que declaramos a Hacienda que ganamos, según la cantidad que aportemos al plan. Pero hay que tener en cuenta que hay unos límites. Toda cantidad que supere esa barrera quedará fuera de la bonificación.

Según la última reforma fiscal, detallada en la Ley 26/2014, el límite bonificable anual para los PPA será, de entre estas dos opciones, la cantidad más baja: 2.000 euros o el 30% de los rendimientos de actividades económicas y/o del trabajo.

Por lo tanto, la suma de las aportaciones que hacemos en un año se encuentra con ese tope a la hora de aplicar la bonificación en el IRPF.

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Los impuestos que hay que pagar cuando rescatamos un PPA

Durante el periodo de aportaciones al PPA no se paga impuesto de IRPF. Al revés. Como hemos visto, hay una serie de ventajas fiscales que pueden resultar atractivas.

Pero es a la hora de rescatar el producto, cuando recibimos sus frutos, el momento en el que hay que contribuir con la Hacienda pública.

En este caso es importante saber que cuando cobramos de un PPA, sea en forma de capital o de renta, hay que tributar como si fuese fruto del rendimiento del trabajo. Pero hay que resaltar algo: ese tipo impositivo varía en función de las cantidades percibidas, de ahí que lo lógico sea que al rescatarlo en forma de capital nos vayamos al tipo más alto, mientras que al hacerlo en forma de renta estaríamos en un tipo más moderado.

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En resumen, cuando se activa alguna contingencia del plan (también en caso de fallecimiento para los beneficiarios), las cantidades se suman a los rendimientos del trabajo y tributan según la cantidad en el IRPF. No obstante hay que tener en cuenta algunas bonificaciones también en este capítulo.

Existe un régimen transitorio en el que los frutos cosechados por aportaciones hechas antes del 31 de diciembre de 2006 pueden tener una reducción en el impuesto del 40%. Pero esa bonificación se activa siempre que se rescate en forma de capital.

Por último es importante indicar cuándo se puede realizar esa reducción del 40%, porque depende de cuándo se haya producido la contingencia:

  • Si la contingencia se produjo en 2010 o antes, la bonificación se podrá aplicar hasta 2018.
  • Si la contingencia se produjo entre 2011 y 2014, la bonificación se podrá aplicar como máximo hasta 8 años más tarde.
  • Si la contingencia se produjo en 2015 o después, la bonificación se podrá aplicar como máximo dos años después.

En los tres casos el rescate debe ser en forma de capital, es decir, en un pago único.

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