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Cuando vivimos la pérdida de nuestra pareja, muchas preocupaciones nos rondan la cabeza. Multitud de trámites y papeleo, y además, plantear solicitar la pensión de viudedad.
La pensión de viudedad es una prestación vitalicia a la que se tiene derecho tras el deceso de la pareja de hecho o cónyuge, y que da respaldo económico, tanto para uno mismo como para hijos o personas a nuestro cargo. Como cualquier otra pensión, asegura una ayuda frente a una posible dificultad económica.
Para pedir la pensión de viudedad no debes hacer demasiadas gestiones, pero conviene comprobar todos los requisitos necesarios, los documentos y los casos específicos para solicitarla. En este post-guía sobre la pensión de viudedad, vamos a ver todos los supuestos, las condiciones y el paso a paso para solicitar esta prestación, además de algunos casos prácticos que te ayudarán a situarte, así como, la posibilidad de cobrar la pensión de viudedad con otras pensiones. ¡Sigue leyendo si quieres conocer todos los detalles!
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¿Quién tiene derecho a cobrar la pensión de viudedad?
En general, el requisito indispensable para cobrar la pensión de viudedad es que la persona haya estado casada o unida en pareja de hecho con la persona fallecida. Sin embargo, tanto el fallecido como el beneficiario deben cumplir obligatoriamente una serie de requisitos para generar y solicitar una pensión de viudedad.
Requisitos que debe cumplir el fallecido
La persona que fallece debe haber cumplido a lo largo de su vida laboral una serie de requisitos para generar una pensión de viudedad:
- Estar dado de alta en la Seguridad Social y haber cotizado al menos 500 días en los cinco años anteriores a la muerte.
- Si no está dado de alta, debe demostrar al menos 15 años cotizados.
- Si el deceso se produce por accidente no será necesario ningún periodo de cotización.
- Recibir una pensión de jubilación o tener derecho a ella en el momento de fallecer.
- Tener una incapacidad permanente y cobrar una pensión.
- Recibir un subsidio por incapacidad temporal, riesgo en el embarazo, maternidad, paternidad o riesgo en la lactancia y cumplir el período de cotización para esos casos.
Requisitos que debe cumplir el beneficiario
Para recibir una pensión de viudedad, el beneficiario debe demostrar una serie de requisitos que tienen que ver con la situación de su unión con el fallecido:
- Si la muerte ha sido por enfermedad anterior a la unión, el cónyuge o pareja de hecho del fallecido debe acreditar:
- La existencia de hijos en común.
- Que el matrimonio se hubiera celebrado un año antes del deceso.
- Los separados o divorciados, (siempre que no se hayan casado o unido de nuevo), que estuvieran recibiendo una pensión compensatoria del fallecido. Si la pensión de viudedad es superior a la pensión compensatoria, se igualan.
- En cualquier caso, tiene derecho a pensión de viudedad las mujeres víctimas de violencia de género en el momento de la separación o divorcio mediante sentencia firme.
La pensión de viudedad en parejas de hecho
Además de cumplir los requisitos generales, para que las parejas de hecho puedan cobrar la pensión de viudedad deben darse los siguientes puntos:
- Haber formalizado la pareja de hecho al menos dos años antes del fallecimiento.
- Acreditar una convivencia ininterrumpida inmediatamente anterior al fallecimiento durante mínimo cinco años.
Certificado de viudedad
Para poder tramitar la pensión de viudedad es necesario presentar una serie de certificados. Toda la documentación, excepto los documentos de identidad, debe presentarse en versión original acompañada de una copia para su cotejo:
- Certificado de defunción: documento del Registro Civil que da fe del deceso con fecha, hora y lugar.
- Certificado de fe de vida y estado (certificado de viudedad): el documento que acredita que una persona está viva, así como su estado civil.
- La viudedad se demuestra dando fe presencialmente al encargado del Registro Civil. También se puede acreditar por declaración jurada, afirmación solemne o por acta de notoriedad.
Solicitud de la pensión de viudedad
Los trámites para solicitar la pensión de viudedad son los siguientes:
- Rellenar el modelo de solicitud de Prestaciones de Supervivencia.
- Presentar en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social la documentación que se indica en el modelo de solicitud.
La prestación se puede cobrar con carácter retroactivo hasta tres meses después del fallecimiento.
Cálculo de la pensión de viudedad
Para calcular la pensión de viudedad, debemos aplicar el porcentaje correspondiente -según el caso- de la base reguladora del fallecido (el baremo que se utiliza para calcular prestaciones). Este porcentaje es del 52% en el caso general, o del 60 o 70% en algunos casos específicos. Estos son los porcentajes en función del caso:
- Se aplica el 52% de la base reguladora como norma general, independientemente de la situación del fallecido
- Se aplica el 60% cuando el beneficiario de la pensión es mayor de 65 años y no recibe otra pensión pública ni un salario de trabajo por cuenta propia o ajena
- Se aplica el 70% de la base reguladora, el máximo posible, cuando se dan estas tres circunstancias al mismo tiempo:
- Que el beneficiario tenga cargas familiares, como hijos o acogidos menores de 26 años o discapacitados con los que convive
- Que la pensión de viudedad sea la única fuente de ingresos familiar
- Que los ingresos anuales del beneficiario no superen el mínimo
Caso práctico para calcular la pensión de viudedad
La situación laboral del fallecido determina el cálculo de la pensión de viudedad. No es lo mismo ser un pensionista que un trabajador o tener, por ejemplo, una incapacidad permanente.
Vamos a ver un ejemplo. Si la base reguladora de un pensionista es de 900 euros, la pensión de viudedad se calcula en función de esta cifra. Se le aplica el 52%, el 60% o el 70%, según las circunstancias. En el caso de aplicarle el 60%, la pensión de viudedad sería de 540 euros para el beneficiario.
Preguntas y dudas sobre la pensión de viudedad
¿Cuánto tarda en ser aprobada la pensión de viudedad?
El período medio de respuesta de una solicitud suele ser de 20 días, una cifra que puede variar a lo largo del año, aunque nunca más de dos o tres días arriba o abajo.
¿Cuándo te pueden quitar la pensión de viudedad?
La pensión de viudedad se anula si vuelves a casarte o a unirte en pareja de hecho. Aún así, existen tres excepciones:
- Si eres mayor de 61 años
- Si tienes una discapacidad mayor al 65%
- Si la pensión de viudedad es tu principal fuente de ingresos
¿Si trabajo me pueden quitar la pensión de viudedad?
La pensión de viudedad se puede seguir cobrando a la vez que cualquier renta de trabajo del beneficiario. Del mismo modo que es compatible con la pensión de jubilación o incapacidad permanente en caso de tener derecho a ella.
¿Tiene derecho el primer esposo o esposa a la pensión de viudedad?
Como ya hemos comentado, los divorciados, siempre que no se hayan casado de nuevo, que estuvieran recibiendo una pensión compensatoria del fallecido tienen derecho a la misma cantidad de pensión de viudedad.
Por otra parte, tienen derecho a pensión de viudedad las mujeres víctimas de violencia de género en el momento del divorcio, aunque no recibieran pensión compensatoria.
¿Puedo trabajar y cobrar pensión de viudedad?
La pensión de viudedad es compatible con cualquier renta del trabajo, además, no hay límite en ninguna. También es posible compatibilizarla con la prestación de incapacidad temporal o permanente, las prestaciones de maternidad y paternidad o la pensión de jubilación.
¿Qué ayudas son compatibles con la pensión de viudedad?
La pensión de viudedad es compatible con la prestación de incapacidad temporal o permanente, las prestaciones de maternidad y paternidad. También se puede cobrar a la vez que la pensión de jubilación, salvo si se recibe una pensión del SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez) o una pensión contributiva por jubilación.
¿Se puede cobrar la pensión de viudedad y la de mayor de 52 años?
Sí, es posible cobrar ambas prestaciones a la vez, siempre que se cumplan los requisitos para recibir el subsidio de mayores de 52 años y que la pensión de viudedad sea inferior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
¿Es compatible la pensión de viudedad con la ayuda de los 55 años?
Sí, el subsidio para mayores de 55 años fue sustituido por la ayuda a mayores de 52 años el pasado 2019, alargando así los años para recibir esta prestación. De esta forma, la pensión de viudedad es compatible con la ayuda de los 55 años.
Conclusiones
Ya lo hemos visto, teniendo claras nuestras circunstancias concretas no es muy complicado saber si nos corresponde una pensión de viudedad en el caso de que nuestra pareja o expareja falleciera. Es una prestación que no implica demasiados requisitos, y además, es compatible con muchas otras prestaciones y con un salario de trabajo.
Para calcular la prestación, tan solo necesitamos, como para calcular la mayoría de las pensiones, conocer la base reguladora del fallecido y aplicarle el porcentaje correspondiente.
En cualquier caso, pensar en un plan de ahorro personal que complemente tu pensión llegado el momento es clave para asegurarte un futuro tranquilo. La previsión es esencial para contar con unos ingresos acordes a nuestras expectativas si surge cualquier imprevisto.