Tabla de contenidos
¿Sabías que es posible cobrar una pensión y continuar trabajando? Se llama jubilación activa y se puede llevar a cabo tanto si eres trabajador por cuenta ajena como si lo eres por cuenta propia. Aquí te vamos a explicar qué tienes que hacer (y cumplir) si eres un trabajador autónomo que termina su etapa laboral para acceder a ella.
¿Qué es la jubilación activa en autónomos?
La jubilación activa para autónomos es una alternativa de retiro que permite combinar un trabajo a tiempo parcial o completo a la vez que cobrar la pensión por jubilación. El objetivo principal es contribuir a la sostenibilidad del sistema de pensiones y promover el envejecimiento activo. Sin embargo, se han negociado algunos cambios, veamos cuáles son todas las condiciones y requisitos de la jubilación activa para autónomos en 2024.
Requisitos para solicitar la jubilación activa para autónomos
Recientemente se alcanzó un acuerdo entre los agentes sociales y el Gobierno para reformar y mejorar las modalidades de jubilación de los autónomos. Entre las medidas, destacamos la subida de un 2% del incentivo por retrasar la edad de retiro y la facilidad para el acceso a la jubilación activa para compatibilizar pensión y negocio.
Haz tu simulación: Descubre el plan de ahorro ideal para tu futuro.
Además, de aprobarse estas medidas, con la nueva reforma los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a la jubilación actividad sin tener su carrera de cotización completa o cobrar más pensión que hasta ahora, si retrasan el momento de jubilarse.
Pero hasta que el nuevo acuerdo se apruebe, los requisitos aplicables a empleados y a autónomos para acceder a la pensión de jubilación activa son los siguientes:
- Tener la edad de jubilación permitida por la legislación, actualmente fijada en los 65 años o 66 años y 4 meses dependiendo de tus años de cotización.
- Estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y estar al día en los pagos con la Seguridad Social.
- Por último, otro de los requisitos de jubilación activa para autónomos es haber llegado a la pensión máxima en años cotizados, es decir, alcanzar el 100% de la base reguladora.
Ya sea como empleado o como autónomo, se podrá realizar cualquier actividad económica tanto a tiempo completo como parcial.
¿Cuánto se cobra de pensión?
La cuantía de la jubilación activa para autónomos en 2024 dependerá fundamentalmente de un factor: si se cuenta o no con trabajadores contratados por cuenta ajena.
- Aquellos autónomos que tienen empleados contratados podrán recibir el 100% de la pensión que les corresponda.
- En caso de que los autónomos no tengan a nadie contratado, únicamente recibirán el 50% de lo establecido en su pensión.
Si el autónomo que no tiene a nadie contratado dejase de trabajar, pasaría a recibir el 100% de su subsidio. Esta es la principal diferencia entre los autónomos y los trabajadores por cuenta ajena, ya que solo el primero de estos dos grupos puede optar a recibir el 100% de su pensión asignada.
Como se ha mencionado, hasta ahora los autónomos cobraban un 50% de pensión y se quedaban en ese 50%, si no tenían empleados. Dentro de las novedades del acuerdo en jubilación, se busca aumentar la cuantía cada año hasta llegar al 100%.
Cuota de solidaridad
La jubilación para autónomos trae consigo muchos cambios y dudas, más aún si se opta por una alternativa como es la jubilación activa. Por ejemplo, ¿hay que seguir pagando cuota de autónomos? La respuesta es no. No se paga una cuota de autónomos como tal, pero sí lo que se denomina cuota de solidaridad. Hay que abonar la cuota de la cotización por incapacidad temporal más un tipo especial del 8%. También se pueden añadir las contingencias profesionales, con lo que el montante aumenta.
Incentivos de demora para la jubilación activa en autónomos
En el pacto también se incluye la compatibilidad entre la jubilación activa y los incentivos de demora, que hasta ahora no son aplicables. Del acuerdo entre sindicatos, patronal y Gobierno se recoge un nuevo sistema en el que cada 12 meses de demora se incrementará en cinco puntos porcentuales el porcentaje de pensión que podrá compatibilizarse con su actividad, y así llegar hasta el 100%.
Los porcentajes de jubilación activa son los siguientes dependiendo del tiempo de demora:
- Un año de demora: un 45% de pensión.
- Dos años de demora: un 55% de pensión.
- Tres años de demora: un 65% de pensión.
- Cuatro años de demora: un 80% de pensión.
- Cinco años de demora: un 100% de pensión.
No olvidemos que a todos estos porcentajes añadiremos un 5% más. Al acceder a la jubilación activa hay que esperar un año y a este se le sumaría otro 5%. La principal novedad es que, hasta este año, los autónomos que quisieran cobrar el 100% de su jubilación activa debían contratar de manera obligatoria a un empleado. Y los autónomos societarios, con empleados o no, no podían acceder al 100% de su pensión.
Ahora, todos los autónomos partirán del mismo punto, es decir, de ese 50% de su pensión para ir aumentando la cantidad cada año, todos por igual.
Diferencias entre la jubilación parcial y la jubilación activa en autónomos
En ocasiones la jubilación parcial y la jubilación activa se confunden. La jubilación parcial permite acceder a la pensión y tener una vida laboral a tiempo parcial. Se puede optar por esta modalidad de jubilación antes del final legal de la etapa laboral. En la parcial, el contrato a tiempo completo se convierte en contrato a tiempo parcial para poder recibir la pensión de jubilación junto con el salario del trabajo que se desarrolla.
Además, únicamente los trabajadores por cuenta ajena y los socios trabajadores o de trabajo de las cooperativas tienen derecho a disfrutar de este tipo de jubilación contributiva.
¿Cómo se solicita la jubilación activa para autónomos?
Es muy sencillo. Hay que rellenar el impreso de solicitud que proporciona la Seguridad Social, en el que se deberán señalar datos personales (domicilio, etc.), fiscales y también de cotización. El documento debe ser el modelo de conformidad para la empresa para que se pueda solicitar la modalidad de jubilación activa.
Jubilación activa para autónomos societarios no disponible
La única excepción de la jubilación activa para autónomos es el caso de los autónomos societarios. Los autónomos societarios son aquellos que han creado su propia sociedad mercantil. Este tipo de autónomos únicamente tienen la opción de cobrar el 50% de la pensión, al igual que ocurre con los trabajadores por cuenta ajena. Esto se debe a que, aunque el autónomo tenga personal contratado, se considera que quien los emplea es la sociedad en sí y no el propio autónomo. Por lo tanto, la jubilación activa si eres autónomo societario no es una opción disponible.
La jubilación activa para autónomos en 2024 en España se ha convertido en una opción atractiva para aquellos que desean seguir trabajando después de alcanzar la edad de jubilación. Esta modalidad fomenta la continuidad laboral, el emprendimiento y la transferencia de conocimientos, al tiempo que brinda estabilidad económica a través de la pensión de jubilación. Como resultado, los autónomos pueden mantenerse activos y generar ingresos extra.