Tabla de contenidos
Los gobiernos de toda Europa han puesto en marcha medidas para incentivar la prolongación de la vida laboral de los trabajadores con el objetivo de mantener el sistema público de pensiones. En España, por ejemplo, en el Real Decreto-Ley 5/2013, de 15 de marzo se fijó un aumento de la base reguladora de la pensión de hasta un 4% para los profesionales que deseen mantener su actividad al cumplir la edad de jubilación.
Desde el punto de vista técnico, a las altas se producen más allá de la edad ordinaria de jubilación se les denomina jubilación demorada. Además, mediante este mismo texto se introdujo, pensando especialmente en el colectivo de los autónomos, una nueva modalidad, la jubilación activa, cuyas principales características se verán más adelante.
Cabe reseñar que en nuestro país la jubilación no es obligatoria salvo para algunos colectivos determinados, como los funcionarios. Es decir, que tanto autónomos como empleados por cuenta ajena pueden seguir trabajando más allá de la edad que estipula la ley para jubilarse.
Haz tu simulación: Descubre el plan de ahorro ideal para tu futuro.
Además, en 2024 se ha alcanzado un nuevo acuerdo en materia de jubilación en el marco de la nueva reforma de las pensiones en el que se incentiva a aquellos trabajadores que voluntariamente quieren retrasar su jubilación. Te contamos todo lo que debes saber sobre la jubilación demorada y los requisitos o beneficios que puedes obtener.
Requisitos para acceder a la jubilación demorada
Para poder optar a la jubilación demorada hay que cumplir en España con estos dos requisitos indispensables:
- Haber cotizado al menos 15 años en la Seguridad Social.
- Haber cumplido con la edad mínima de jubilación obligatoria, que en este año se sitúa en 66 años y 6 meses para quienes tienen menos de 38 años cotizados y 65 para quienes tienen 38 o más.
Las personas que opten por la jubilación demorada tendrán un beneficio en forma de complemento económico cuando finalmente se retiren. Como hemos mencionado anteriormente, en el nuevo acuerdo sobre la jubilación y las pensiones se establecen más incentivos para los trabajadores que prolonguen su vida laboral.
Aunque todavía está pendiente de aprobación, la propuesta contempla que aquellos que decidan acogerse a la jubilación demorada podrán incrementar como hasta ahora un 4% anual su pensión, pero con una mejora a partir del segundo año de retraso de la jubilación en el que cada 6 meses supondrá un 2% más en la prestación.
Otra de las novedades está en que estos incentivos por seguir trabajando se pueden compatibilizar con el cobro de una parte de la pensión y el sueldo por su actividad. Así, la jubilación activa será compatible con estas bonificaciones por retrasar la salida del mercado laboral.
Quiénes pueden escoger la jubilación retardada
La legislación actual prevé que la jubilación demorada sea una opción para todos aquellos trabajadores que hayan cumplido la edad ordinaria de jubilación y quieran alargar su vida laboral, y está disponible tanto para trabajadores por cuenta propia como ajena, así como para funcionarios y militares.
El objetivo de esta figura es permitir a los trabajadores continuar trabajando y cotizando a la Seguridad Social. Con esta modalidad los trabajadores pueden incrementar su pensión de jubilación, ya que con ese 4 % crecerá la prestación que recibirá durante el resto de vida.
Hay dos colectivos en España que son especialmente tendentes a la jubilación demorada: las mujeres, que por distintas razones suelen haber tenido menores cotizaciones que los hombres, especialmente las de edad más avanzada (cuidado de los hijos, excedencias por cuidado de enfermos, etc); y los autónomos, que es habitual que tengan pensiones más bajas que los trabajadores por cuenta ajena.
Los beneficios de la jubilación demorada
Las personas que opten por la jubilación demorada tendrán beneficios de demora, es decir, un complemento económico en la cuantía de su pensión. En concreto, al acogerse a la jubilación demorada, se recibirá un complemento del 4% sobre su pensión por cada año completo que cotice después de cumplir la edad ordinaria.
En concreto, la bonificación o incentivo en el momento en el que se acceda a la jubilación puede ser de tres tipos para los trabajadores que demoren la jubilación. Pueden escoger entre:
- Un complemento del 4% sobre su base reguladora por cada año completo que cotice tras cumplir la edad ordinaria.
- Una cantidad fija por cada año de demora, que cobrará en un pago único (5.000 y 12.000 euros, en función del importe de pensión y del número de años cotizados).
- Desde 2023 hay una opción mixta para incentivar el retraso de la jubilación. Aquellos que retrasen su jubilación entre 2 y 10 años, contarán con un incremento del 2% por cada año de demora, que supone la mitad de lo que percibirán con el cobro íntegro del incentivo. Pero, en compensación, también contarán con un pago único equivalente a la mitad de lo que les correspondería si optasen por este.
Además, el nuevo acuerdo sobre la jubilación y las pensiones mejorará estos incentivos con una mejora a partir del segundo año de retraso, con lo que cada 6 meses se aumentará un 2% en la prestación. Además, se podrá compatibilizar todas estas bonificaciones y el sueldo por su actividad, es decir, con la modalidad de jubilación activa se podrán percibir los incentivos de demora.
Jubilación activa compatible con incentivos de demora para los autónomos
Muchos de los profesionales autónomos tendrán pensiones de jubilación sensiblemente más bajas que las de otros colectivos profesionales por cuenta ajena. Sin embargo, desde 2013 existe la posibilidad de seguir trabajando y cobrar la pensión, siempre que se cumplan con una serie de requisitos:
- Cumplir con la edad establecida para la jubilación (65 años y 10 meses).
- Contar con el 100 % de los años de cotización exigibles para cobrar la pensión (en la actualidad, 36 años y 9 meses de cotización).
- Si se quiere optar al cobro del 100 % de la pensión de jubilación se debe tener contratado al menos un empleado a su cargo (aunque no resulta obligatorio). En el caso de no hacerlo, tan solo se podrá optar al 50% de la pensión.
En el caso particular de los autónomos existen otras posibilidades de compatibilizar jubilación y pensión, como la flexible (manteniéndose en el mercado como asalariado), la anticipada (se puede solicitar la jubilación dos años antes de lo legalmente establecido si se han cumplido los 35 años de cotización) o, incluso, recurrir a una jubilación no contributiva si se tiene algún tipo de invalidez o de situación económica precaria (esto ocurre también con determinados colectivos de personas).
Para los autónomos sin trabajadores contratados, que hasta ahora tan solo podían cobrar el 50% de la pensión si seguían trabajando, el porcentaje bajará el primer año hasta el 45% pero a partir del segundo año se aumentará de manera progresiva hasta alcanzar el 100%. Y para los que no tienen trabajadores asalariados, podrán compatibilizar el 75% de su pensión y seguir trabajando y se aumentará cada año que prorroguen su retiro hasta llegar al 100%.
En conclusión
La jubilación demorada es una modalidad de pensión que conlleva incentivos por el retraso del acceso a la pensión pública. Muchos trabajadores deciden retrasar su jubilación por diversos motivos: por no renunciar a su situación en la empresa, por seguir en activo y con obligaciones, o por necesidades económicas.
Sea cual sea la motivación, en España se garantizan complementos a la cuantía de la pensión para quienes demoran su salida del mercado laboral, en concreto, al acogerse a la jubilación demorada perciben un complemento del 4% sobre su pensión por cada año completo que cotice después de cumplir la edad ordinaria.