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El concepto de jubilación ha experimentado cambios significativos en las últimas décadas, especialmente en lo que respecta a las opciones de retiro anticipado y forzoso. La jubilación forzosa y la jubilación anticipada por desempleo son dos maneras de jubilarse más frecuentes de lo que parece y que reciben menos atención de lo que debería ya que tienen gran impacto tanto en los individuos como en las políticas de seguridad social. A continuación, explicaremos ambos términos, analizando sus características, las causas por las que se dan y qué necesitamos para poder pedir la pensión por estos motivos.
Qué es la jubilación forzosa por desempleo
La jubilación forzosa ocurre cuando una persona alcanza la edad legal de jubilación marcada por ley y es despedido por su empleador. La empresa puede rescindir el contrato de trabajo al cumplir la edad de jubilación, sin tener que dar unos motivos justificados por el despido. Como su nombre indica, están “forzando” de manera indirecta a que un trabajador se jubile.
A pesar de que en España tenemos una edad de jubilación estandarizada, esta puede variar según el sector y la legislación aplicable. Por ejemplo, los trabajadores incluidos en el Estatuto Minero, los policías locales, el Cuerpo de la Ertzaintza o los trabajadores ferroviarios, son algunos de los que tienen reconocida la jubilación anticipada. Existe una normativa diferente para cada uno de estos grupos profesionales, como es el caso de los artistas, que pueden jubilarse sin que su pensión se reduzca a partir de los 60 años.
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Es importante tener en cuenta que, aunque la jubilación forzosa implica el cese obligatorio del trabajo, no significa que todos los trabajadores estén obligados a jubilarse a una edad determinada. Existen casos en los que los trabajadores pueden optar por seguir trabajando después de la edad de jubilación forzosa, siempre y cuando cumplan con los requisitos necesarios y así lo acuerden con su empleador.
Últimas reformas en las pensiones de jubilación
Desde 2021 el Gobierno está llevando a cabo una reforma faseada del sistema de pensiones con el principal objetivo de bonificar o incentivar a quienes alargan la salida del mercado laboral y demoran su jubilación.
El último acuerdo alcanzado con sindicatos y patronal sigue esta línea. Desde julio del 2024 se han ampliado las bonificaciones para la jubilación demorada y se han establecido nuevos requisitos para quienes quieran hacer una transición mixta hacia la jubilación a través de la jubilación activa o jubilación parcial, con nuevos requisitos para el acceso.
Jubilación anticipada por desempleo: condiciones y causas
La jubilación anticipada por desempleo es cuando una persona que ha perdido su trabajo solicita la jubilación antes de la edad establecida por ley. Acogerse a la jubilación anticipada por desempleo es más complicado de lo que parece ya que se tiene que cumplir ciertos requisitos o estar bajo circunstancias especiales.
Requisitos para solicitar la jubilación anticipada
Como todas las pensiones del sistema español, hay que cumplir ciertos requisitos para ser beneficiario de estas y, según los que se cumplan, la cantidad a percibir podrá variar. Las condiciones para optar a este subsidio son las siguientes:
- Tener cuatro años menos de la edad requerida para la jubilación. En 2024, la edad de jubilación se sitúa en los 65 años en el caso de tener cotizados 38 años o más; y si no se han llegado a cotizar, es de 66 años y 6 meses.
- Encontrarse en situación de alta en la Seguridad Social e inscritos en las oficinas de empleo como demandantes de trabajo durante, al menos, seis meses anteriores a la solicitud de la jubilación.
- Que la jubilación forzosa se haya dado por situaciones ajenas a la voluntad del trabajador, más adelante veremos cuáles son las causas o situaciones que llevan a esta situación
- Haber cotizado de manera efectiva un mínimo de 33 años, de los cuales al menos 2 de ellos están comprendidos dentro de los últimos 15 al cese involuntario de la actividad laboral.
Causa por las que se produce la jubilación anticipada por el cese no voluntario del trabajo
Como bien indica el nombre, este tipo de jubilación se da por motivos ajenos a la voluntad del trabajador. Algunos de estos motivos justificantes son:
- Despido por Expediente de Regulación de Empleo (ERE), independientemente de si se trata por causas económicas, técnicas, de producción u organizativas.
- Despido por ineptitud del trabajador posterior a su incorporación en la empresa, recogido en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.
- Defunción, jubilación o incapacidad del empresario, así como extensión de la personalidad jurídica de la empresa
- Extinción de contrato por resolución judicial, según los supuestos que se pueden encontrar en la Ley Concursal.
- Extinción del contrato por voluntad de la trabajadora en el caso de ser víctima de violencia de género
- Extinción del contrato por parte del trabajador acogiéndose a diferentes artículos del Estatuto de los Trabajadores, como puede ser la movilidad geográfica, inclumpimientos del empresario o la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
¿Cuánto se cobra en cada caso?
Para calcular cuál es la cuantía a percibir habrá tener en cuenta que cada prestación varía según los coeficientes reductores que se apliquen en cada situación. Actualmente los porcentajes de los coeficientes reductores se calculan cada mes sobre el importe total de la pensión.
La pensión resultante una vez aplicados los coeficientes reductores no puede superar el tope máximo reducido en un 0,50% por cada trimestre anticipado, con excepciones para ciertos casos.
¿Cómo se hace el cambio de trabajador a jubilado?
Aunque pueda parecer lo lógico, el SEPE no traspasa automáticamente de trabajador a jubilado aunque ya se haya llegado a la edad correspondiente. Es primero la persona quien solicita la jubilación y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) quien se encarga de la gestión y el acceso a la pensión.
El INSS evalúa las solicitudes de jubilación y establece si la persona cumple los requisitos o no para poder cobrar la pensión. Cuando ya esté aprobada la solicitud, el INSS es quien calcula la pensión que recibirá cada persona y realizar posteriormente los pagos.
En resumen, para acceder a la pensión de jubilación, es necesario presentar una solicitud ante el INSS, quien se encarga de evaluar y gestionar los trámites correspondientes. El SEPE no realiza el traspaso automático de trabajador a jubilado.
En conclusión
La jubilación forzosa y la jubilación anticipada por desempleo son opciones relevantes para los trabajadores españoles. La jubilación forzosa marca el final obligatorio de la etapa laboral al alcanzar la edad requerida, mientras que la jubilación anticipada por desempleo permite acceder a la pensión antes de la edad ordinaria en caso de desempleo involuntario. Estas no son los únicos tipos de jubilación anticipada que existe, también existe la jubilación anticipada por enfermedad, sin embargo, sí que son las que se deben a motivos profesionales,
Cada tipo de jubilación tiene requisitos y condiciones específicas que deben tenerse en cuenta al planificar nuestro retiro. Es esencial informarse sobre la normativa actual y buscar asesoramiento profesional para tomar decisiones informadas sobre la jubilación. Tanto la jubilación forzosa como la jubilación anticipada por desempleo ofrecen opciones importantes para garantizar una transición adecuada al retiro y una seguridad económica durante esta nueva etapa de la vida.