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La jubilación parcial es una opción que permite a los trabajadores reducir su jornada laboral y, a la vez, ir percibiendo una parte de la pensión de jubilación correspondiente. Sin duda, es la opción perfecta para aquellos que quieren jubilarse de forma anticipada, pero no quieren cobrar una pensión inferior de la que les corresponde: si se jubilan a los los 66 años y 4 meses, en el caso de que se acrediten menos de 37 años y 9 meses de cotizaciones, o a los 65 años, en caso de haber cotizado más.
Por otro lado, están quienes se resisten a dejar su trabajo o a mantener el mismo ritmo. De ahí que este tipo de jubilación parcial sea la ideal para percibir un porcentaje de la pensión y a la vez cobrar una parte del sueldo. La jubilación parcial permite acceder a la pensión sin que esto suponga una reducción en la cuantía, como ocurre con la jubilación anticipada.
Esta modalidad se ha convertido en una alternativa atractiva para aquellos que desean reducir su carga laboral gradualmente antes de la jubilación completa. Sin embargo, surge la pregunta: ¿es posible acogerse a la jubilación parcial sin necesidad de firmar un contrato de relevo? ¡Sigue leyendo!
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¿Qué es un contrato de relevo?
Antes de abordar esta cuestión, es importante entender qué implica un contrato de relevo. Se trata de un acuerdo entre la empresa y el trabajador en el que el empleado, que está próximo a la jubilación, pacta ceder parte de su jornada laboral a otro trabajador más joven, generalmente contratado, específicamente, para ocupar esa parte del tiempo de trabajo. Esto permite una transición gradual y la transferencia de conocimientos y responsabilidades entre generaciones en el ámbito laboral.
Jubilación parcial SIN contrato de relevo
A la pregunta de si es posible acogerse a la jubilación parcial sin contrato de relevo, la respuesta es si, puedes acceder a la jubilación parcial sin contrato de relevo, pero cumpliendo unos requisitos. La jubilación parcial no tiene por qué ir siempre ligado a un contrato de relevo
En los casos en los que sí es posible acogerse a la jubilación parcial sin necesidad de firmar un contrato de relevo depende de algunas condiciones específicas y ciertos requisitos.
La jubilación parcial sin contrato de relevo se produce cuando el trabajador ha cumplido la edad legal ordinaria de jubilación y accede a la jubilación parcial, firmando un contrato a tiempo parcial con el empresario. En este caso, no es necesario suscribir contrato de relevo con otro trabajador.
La reducción de jornada estará comprendida entre un mínimo de un 25% y un máximo del 50%, aunque se podrá elevar al 75% para los supuestos en que un trabajador relevista fuera contratado a jornada completa mediante un contrato de duración indefinido.
Para el acceso a la jubilación parcial sin contrato de relevo también se requiere contar con un período mínimo de cotización de 15 años, de los cuales 2 deben estar comprendidos en los últimos 15 años.
Jubilación parcial CON contrato de relevo
Si se accede a la jubilación parcial antes de la edad ordinaria de jubilación será obligatorio contar con un contrato de relevo que formalice que se cubrirá el puesto de trabajo del empleado que se va a jubilar de manera parcial.
Además, el interesado tendrá que haber cotizado un mínimo de 33 años en el momento del hecho causante de la pensión de jubilación y acreditar un mínimo de 6 años de antigüedad en la empresa de forma continuada, ya sea a tiempo completo o parcial.
Novedades en la jubilación parcial con contrato de relevo
Un nuevo acuerdo en materia de pensiones podría facilitar el acceso a esta modalidad de jubilación. Entre las novedades pactadas entre el Gobierno y los agentes sociales está que el acceso a la jubilación parcial con contrato de relevo podrá producirse hasta tres años antes de la edad ordinaria de jubilación.
Además, la reducción de jornada del jubilado parcial durante el primer año será de al menos un 20% con un máximo del 33%, para aquellos que anticipen más de dos años el acceso a la jubilación. La contratación del relevista será indefinida y a tiempo completo, y deberá mantenerse durante al menos los dos años posteriores a la extinción de la jubilación parcial.
Los trabajadores fijos discontinuos podrán formar parte del proceso de relevo. La compatibilidad efectiva entre trabajo y pensión permitirá la acumulación del tiempo de trabajo en periodos de días en la semana, semanas en el mes, meses en el año y periodos de tiempo durante la vigencia del contrato de relevo, de conformidad con lo dispuesto en pacto individual o, en su caso, en la negociación colectiva, en todas sus expresiones, incluido el acuerdo de centro de trabajo, sin que en ningún ámbito se pueda limitar o impedir su uso.
Antes de acceder a la jubilación parcial sin contrato de relevo valora tu futuro
Además de la posibilidad de acogerse a la jubilación parcial sin contrato de relevo, es importante considerar otros aspectos relacionados con esta modalidad de jubilación. Por ejemplo, es fundamental comprender cómo afectará esta decisión a la pensión de jubilación final, así como analizar las implicaciones fiscales y laborales que puedan surgir.
Por ello, ser previsor y contar con planes de pensiones privados es una de las mejores opciones para garantizar tu seguridad y la de los tuyos, son una alternativa de inversión con ventajas fiscales en la declaración de la renta, y una solución enfocada a tu jubilación contando con las preferencias que tú elijas.
En resumen, la jubilación parcial sin contrato de relevo puede ser una opción viable en algunos casos, pero es fundamental informarse adecuadamente sobre las condiciones y requisitos establecidos por la legislación y las entidades correspondientes antes de tomar cualquier decisión al respecto.