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Esta prestación está sujeta a límites de edad y condiciones específicas que determinan su duración, y aunque hay excepciones para casos de incapacidad o discapacidad, el límite máximo está en los 25 años, por ello la pensión de orfandad para mayores de 30 constituye una excepción que solo será posible en casos muy concretos.
Pensión de orfandad para mayores de 30 años ¿es posible?
Como reflejan los últimos datos facilitados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, liderado por Elma Saiz, unos 341.283 jóvenes en España perciben una pensión de orfandad. No obstante, esta no tiene carácter vitalicio, es decir, que no se puede cobrar durante toda la vida mientras se mantengan los requisitos.
La edad límite general para recibir la pensión es de 21 años, aunque existen excepciones para casos de incapacidad o discapacidad, así como para huérfanos menores de 25 años en orfandad absoluta o con una discapacidad igual o superior al 33%, que perciben ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional o están estudiando.
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Sin embargo, esta prestación está sujeta a límites de edad y en cualquier caso, no se mantendrá para quienes hayan superado los 25 años de edad. Esta administración avisa que muchos de ellos deberán decir adiós a la pensión contributiva a partir de esta edad. Es por eso que si te interesa conocer si es posible cobrar la pensión de orfandad más allá de los 30 años debes conocer bien cuáles son las condiciones y excepciones para ello.
¿Hasta qué edad se puede cobrar la pensión de orfandad?
Por norma general, la pensión de orfandad se concede hasta los 21 años de edad. No obstante, este límite puede extenderse hasta los 25 años en determinadas circunstancias como las que detallamos a continuación:
- Estudios en curso: si el beneficiario está cursando estudios y cumple 25 años durante el transcurso del curso académico, la pensión se mantendrá hasta el día primero del mes inmediatamente posterior al inicio del siguiente curso académico.
- Ingresos limitados: para beneficiarios mayores de 21 años y menores de 25, la pensión se mantiene siempre que no realicen trabajos por cuenta propia o ajena, o que, si los realizan, sus ingresos sean inferiores al 100% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual.
- Orfandad absoluta: en casos donde ambos progenitores han fallecido, el límite de edad se amplía hasta los 25 años, independientemente de los ingresos del beneficiario.
En cualquiera de los casos se comprueba cómo la administración pone el límite máximo en los 25 años, ya que considera que a partir de esta edad las personas ya son capaces de valerse por sí mismas y recurrir a una fuente de ingresos recurrente, a través de un contrato laboral.
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Límites de edad para la pensión de orfandad: ¿existe para mayores de 30 años?
La legislación vigente no contempla la percepción de la pensión de orfandad más allá de los 25 años, salvo en situaciones específicas relacionadas con discapacidad. Por lo tanto, los beneficiarios mayores de 30 años no tienen derecho a la pensión de orfandad, a menos que se encuentren en el caso concreto de poder acreditar una incapacidad para todo trabajo.
Es decir, aunque existen estos límites de edad en aquellos, sí que tendrán derecho a percibir la pensión quienes acrediten una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. Si el beneficiario presenta una incapacidad que le impide realizar cualquier actividad laboral, la pensión de orfandad puede prolongarse sin límite de edad, incluso para mayores de 30 años.
En resumen
La pensión de orfandad está diseñada para ofrecer apoyo económico a los hijos que han perdido a uno o ambos progenitores, con límites de edad establecidos hasta los 25 años en la mayoría de los casos. Para obtener la pensión de orfandad para mayores de 30 años, únicamente es posible si se acredita una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, ya que esta ayuda se rige en función de la imposibilidad de acceder al trabajo en caso de fallecimiento de los progenitores. Es fundamental que los solicitantes conozcan las condiciones y excepciones aplicables para garantizar el acceso adecuado a las prestaciones disponibles.