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El dinero aportado en el plan de pensiones se puede recuperar una vez se ha accedido a la jubilación, de hecho, la jubilación es el hecho causante para rescatar el dinero de cualquier plan de pensiones, aunque puede que en algunos casos se incluyan otros supuestos como la incapacidad o el fallecimiento.
Aún así, no es obligatorio obtener el dinero en el mismo momento en el que te jubilas. No está escrito en ningún sitio que tengas que rescatarlo sí o sí, de hecho, tendrás la posibilidad de mantener las aportaciones al plan al mismo tiempo que disfrutas de la pensión pública de jubilación, exceptuando, eso sí, que hayas empezado a cobrar el plan de pensiones privado, ya que la ley impide que uno sea partícipe y beneficiario de forma simultánea.
Es importante recordar que una vez uno ha empezado a cobrar de la prestación pública de jubilación, únicamente podrá continuar aportando para cubrir contingencias por fallecimiento o dependencia, pero mantendrá todas las ventajas fiscales que proporciona un plan de pensiones.
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Si la persona interesada se ha acogido a la jubilación flexible, a la jubilación parcial o a la anticipada podrá rescatar su plan de pensiones privado como en cualquier otra modalidad. Pero te contamos al detalle cómo puedes rescatar tu plan de pensiones con la jubilación parcial, flexible o anticipada. Veámoslo.
¿Cómo puedo rescatar mi plan de pensiones con la jubilación parcial, a la flexible o a la anticipada?
Como la esperanza de vida va en aumento y cada vez se alarga el periodo en el que una persona está cobrando la pensión pública, la población dependiente del Estado aumenta, sobre todo con la reciente jubilación de la generación del Babyboom, con lo que el Sistema Público de Pensiones se ha tenido que reformar en varias ocasiones para adaptarse a esta situación.
Con el objetivo de lograr el equilibrio de las pensiones públicas, el Gobierno no ha cesado en su intento de retrasar la edad de jubilación e incentivar a aquellos que voluntariamente retrasan su jubilación y prolongan su actividad laboral. Recientemente se han acordado novedades en la normativa para aumentar los incentivos a la jubilación demorada y facilitar una transición flexible a través de la jubilación parcial o activa.
¿Cuáles son los supuestos en los que se puede continuar la actividad una vez jubilado?
Existen varias modalidades de jubilación y para acceder a ellas tendrás que cumplir con ciertos requisitos. La mayoría de las personas que optan por alguna de estas cuatro opciones se preguntan cómo pueden compatibilizar el hecho de mantener una actividad laboral prolongada más allá de la edad legal de jubilación con el cobro de la pensión o el rescate del plan de pensiones privado. ¡Te lo contamos!
-Jubilación diferida: en este caso, el trabajador continúa en activo una vez ha alcanzado la edad de jubilación prevista por la ley. Se jubila más tarde y no recibe prestación pública de jubilación.
-Jubilación activa: esta modalidad permite compatibilizar el cobro de la pensión pública de jubilación con un trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia que puede ser a tiempo parcial o completo. Los requisitos son haber alcanzado la edad legal de jubilación y no superar el salario mínimo interprofesional.
-Jubilación parcial: otra opción con la que se sigue trabajando con reducciones de jornada de entre el 25% y el 50%. Tiene que suscribir un contrato de trabajo a tiempo parcial con una empresa. Debe tener todos los requisitos para obtener una pensión de jubilación contributiva.
-Jubilación flexible: se aplica a aquellos pensionistas que se han jubilado totalmente y que quieren volver a la vida activa. Esto supone regresar al mercado laboral pero con unl contrato de trabajo a tiempo parcial, con una reducción de jornada de entre el 25% y el 50%.
¿Cómo rescatar mi plan de pensiones con la jubilación parcial, flexible o anticipada?
Lo primero que hay que tener en cuenta es que, excepto en el caso de la jubilación diferida, donde uno no se ha jubilado efectivamente, en el resto es posible cobrar la prestación por jubilación del plan de pensiones.
Dicho de otra manera, el rescate de las aportaciones al plan privado de ahorro para la jubilación es posible en las modalidades de jubilación flexible, activa o parcial. En el caso de la jubilación parcial diferida es necesario que exista una previsión expresa en este sentido. En el resto no hace falta: se podrá cobrar la prestación aunque el plan de pensiones no lo contemple de forma expresa.
Sea cual sea la opción que uno quiera solicitar, lo cierto es que la pregunta que muchos se hacen cuando toca planear el futuro de cara a la jubilación es cuánto voy a cobrar de pensión de jubilación.
Por esta razón, recientemente se ha puesto en marcha un simulador de jubilación, una herramienta que permite arrojar luz sobre estas dudas habituales. ¿Qué es lo que hace? Muy sencillo: en función de diferentes variables se calcula la diferencia entre lo que uno espera cobrar cuando se jubile según sus aspiraciones vitales y lo que presumiblemente cobrará en realidad. El resultado, por norma general, abre los ojos a más de uno y permite enfocar de otro modo la estrategia de ahorro de cara al futuro.
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¡Planifica bien cómo quieres rescatar el plan! Lo importante para optimizar fiscalmente el cobro de tu plan de pensiones es tener claro cómo vas a rescatar el dinero teniendo en cuenta las necesidades y la cantidad de ingresos que se obtendrán, y sobre todo pensando en tus necesidades y gastos. Una opción recomendable son las rentas vitalicias puesto que te permiten tener ingresos mensuales con una atractiva rentabilidad y ventajas a nivel fiscal. Ten en cuenta que cuanto mayor sea la cantidad percibida anualmente mayor será el tipo impositivo que se aplicará.