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Si te estás planteando contratar un seguro de vida o uno de decesos con la intención de proteger a los tuyos, antes te interesa saber que no son lo mismo, aunque en muchos casos se lleguen a confundir. Y es normal que haya dudas porque tienen características similares porque están pensados para ofrecer una ayuda a los familiares en caso de fallecimiento.
En España cada vez se ofrecen más los seguros de Decesos junto a los de Vida como una opción complementaria, porque no son incompatibles entre sí y hay quien decide contar con ambos. Pero entre las principales dudas que surgen habitualmente sobre este tipo de seguros hay una pregunta clave: ¿Cuál es la diferencia entre un seguro de vida y un seguro de decesos? Conocer las diferencias y las diferentes opciones te ayudará a saber cuál te conviene en función a tu situación y necesidades. ¡Te lo contamos!
Diferencia entre seguro de vida y decesos: todo lo que debes saber
Antes de nada debes saber que ambos seguros cubren el fallecimiento del asegurado y actúan como protección para la economía familiar o de los beneficiarios. Es posible que este sea el motivo por el que viene la confusión entre ambos, pero sigue leyendo para saber más sobre la diferencia entre seguro de vida y decesos: encuentra todo lo que debes saber.
¿Quieres protegerte a ti y a los que más quieres? ¡Descubre los beneficios de un seguro de vida!
Una de las principales diferencias está en que mientras el seguro de vida ofrece protección económica a la familia del fallecido, el seguro de Decesos cubre los gastos del fallecimiento del asegurado. Esta es la principal diferencia entre un seguro de vida y decesos pero vamos a analizar cada una de las pólizas:
- Las coberturas. Es habitual confundir seguros de Vida con seguros de Decesos pero tienen una gran diferencia en cuanto a los servicios que cada uno de ellos cubre:
- En el de Vida, los beneficiarios del contratante reciben una cantidad de dinero, íntegra o a través de varias rentas, tras la muerte del asegurado, que será quien marque la suma de la indemnización que recibirán. También protege al tomador en caso de invalidez o enfermedad grave que no le permita seguir trabajando y acceder a su fuente de ingresos habitual.
- En el caso del seguro de Decesos lo que se asegura el tomador es que se cubrirán los gastos y trámites tras su fallecimiento de la persona, junto al servicio funerario, así como de las gestiones y trámites correspondientes. Algo muy a tener en cuenta, puesto que el precio medio de un entierro en España es de 3.500 euros. Pero aquí no se puede elegir el capital exacto que se quiere asegurar, sino que es la aseguradora quien lo establece de acuerdo a los servicios fúnebres que se contratan y al lugar del sepelio.
- El precio. Sin duda es otra de las diferencias de estos dos seguros, ya que la prima que debes abonar es muy distinta en cada uno de los casos, y además se tendrá en cuenta distintos factores, como la edad, otras coberturas que se hayan contratado, así como los plazos del abono.
- Los destinatarios. Cada vez existen más seguros de Vida que incluyen los servicios de los de Decesos, pero los destinatarios también pueden variar en este caso. Es decir, una de las principales ventajas del seguro de vida es que podrás indemnizar a quien tu quieras. Incluso existen seguros de Vida-Hipoteca que se diseñan para pagar el préstamo del banco si el asegurado fallece.
Seguros de Decesos, en permanente renovación
Tal y como mencionamos anteriormente, el seguro de Decesos es prestar la cobertura del servicio funerario tras la muerte, y con ello se incluyen los traslados que sean pertinentes, el asesoramiento a familiares sobre temas jurídicos o la atención psicológica. Así, te detallamos cuáles son sus principales coberturas:
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- Servicio funerario. Incluye el féretro, el coche fúnebre, el tanatorio, la despedida religiosa, las flores y los gastos de inhumación o de incineración. Es posible que se incorpore la realización de esquelas o el anuncio de la defunción en medios de comunicación.
- Gestiones administrativas. Un especialista se encargará de todo el papeleo tras el fallecimiento, como el certificado de defunción, la solicitud de la pensión de viudedad, la inscripción en el Registro Civil, la baja del Libro de Familia y de la Seguridad Social.
- Traslado del fallecido. Es opcional aunque bastante frecuente y permite el traslado del difunto y de un acompañante desde el lugar de fallecimiento hasta donde se llevará a cabo el sepelio.
- Accidentes y asistencia en viaje. Algunos seguros de Decesos incluyen una indemnización por fallecimiento o por invalidez permanente en caso de accidente, así como cubrir los gastos médicos en los desplazamientos.
- Servicios digitales. Entre las nuevas coberturas que ofrecen este tipo de seguros destacan el testamento online, es decir, poder realizar el testamento en una página web con el soporte de un abogado, así como hacer una herencia digital en la que se traspasa a los beneficiarios designados la posesión. Además, incluye la gestión de todos los archivos, cuentas online y, en general, de los activos digitales del fallecido, incluyendo todo lo que puede arrojar derechos de propiedad intelectual, gestión de los perfiles en redes sociales, asistencia psicológica online o colocar códigos NFC y QR en la lápida o en el libro de condolencias.
En cuanto a su tipología, existen tres clases de seguros de Decesos:
- De prima única. Para personas mayores que contratan el producto, realizando un único pago a la fecha de contratación.
- De prima renovable. En este caso, la prima crece anualmente según evolucionan el precio de los servicios funerarios y la edad de la persona asegurada.
- De prima nivelada. La prima se mantiene bastante inamovible en el tiempo, salvo ligeros incrementos derivados del coste de los servicios funerarios.
Seguros de Vida-Riesgo y sus modalidades
Si lo que estás pensando es en contar con una protección para tu familia en caso de accidente, invalidez o fallecimiento, el seguro de vida-riesgo te ofrece precisamente eso. Se trata de uno de los tipos de seguros más contratados en España y establece mediante un contrato las coberturas con las que contarán los beneficiarios.
El seguro de Vida-Riesgo ofrece a los beneficiarios de la póliza una indemnización económica y además incluye muchas de las coberturas adicionales que ofrecen los seguros de Decesos, como el testamento online o la atención psicológica. Eso sí, existen algunos supuestos que este tipo de productos no cubre, como, por ejemplo: suicidios y muertes voluntarias de los tomadores, actos imprudentes del asegurado, como el consumo de alcohol o drogas, actos delictivos o imprudentes, etc.
Entre los seguros de Vida-Riesgo más relevantes están:
- Los seguros de Vida Entera. Tienen vigencia durante toda la vida del contratante y su objetivo es compensar a los beneficiarios por la pérdida de ingresos que supone la muerte de la persona asegurada.
- Los seguros de Vida-Riesgo temporales. Cubren el riesgo de muerte del asegurado únicamente durante un tiempo determinado. Habitualmente tienen una duración de un año
En resumen…
La diferencia entre contratar un seguro de vida y decesos está en la cobertura, ya que en uno de los casos puedes contar con una indemnización económica para tus familiares o los beneficiarios que desees, mientras que en el otro caso, contarás con la cobertura de los servicios funerarios.
Si bien es cierto que ambos seguros ofrecen una protección económica para la familia o los beneficiarios en caso de fallecimiento, las coberturas y enfoques que ofrece cada uno son diferentes. Si estás considerando contratar un seguro, te recomendamos que escojas el que más se acople a tus necesidades.