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¿Cuáles son los tipos de jubilación en España? 

Noviembre 22, 2024 6 min 105 veces compartido

A la hora de acceder a la jubilación pública, la legislación española prevé un amplio abanico de posibilidades que, básicamente, se divide en cuatro tipos principales: jubilación ordinaria, anticipada, parcial o flexible. En este post vamos a ver en qué consiste cada tipología de jubilación.

Diferentes tipologías de jubilación

La jubilación en España puede ser de diferentes tipos. Existen varias modalidades para acceder a una pensión pública tras la salida del mercado laboral, pero todo depende de cumplir con ciertos requisitos. 

La jubilación ordinaria

A la jubilación ordinaria se accede al cumplir con la edad legal estipulada. En 2024 la edad de jubilación ordinaria se establece en los 66 años y 6 meses para quienes cuentan con menos de 38 años de cotización, 65 cuando son 38 o más. 

Como mínimo, para tener acceso a la jubilación ordinaria se exige un mínimo de 15 años cotizados a la Seguridad Social, de los cuales 2 deben ser previos a los últimos 10 años.

En cuanto a la cuantía de la pensión, se calcula en función de los últimos 20 años de vida laboral, aunque este es un plazo que aumenta de manera progresiva.

La jubilación parcial

La jubilación parcial implica adquirir un porcentaje de la pensión que le corresponde al trabajador mientras trabaja a tiempo parcial y obtiene un salario por ello. De este modo, logra ganancias de dos entidades distintas sin jubilarse por completo.

Está pensada para las personas que, cumplidos los 62 años, quieren empezar a cobrar su pensión por jubilación y compaginarla con un contrato laboral a tiempo parcial. Por supuesto, el trabajador que solicite la jubilación parcial debe cumplir una serie de requisitos. 

Como condiciones, debe tener al menos 62 años y haber cotizado 33 años, o 61 años y 10 meses habiendo cotizado 35 años o más. En cualquier caso, la cotización mínima se sitúa en 33 años.

En cuanto a la reducción de jornada laboral, será de un mínimo de 25 % y un máximo del 50%, sin la necesidad de la celebración simultánea de un contrato de relevo. También podrá ser del 75% cuando el trabajador relevista sea contratado a jornada completa mediante un contrato de duración indefinida, siempre que se acrediten el resto de los requisitos.

La jubilación anticipada

La jubilación anticipada implica adelantar el retiro antes de la edad legal establecida para hacerlo. Existen diferentes clases:

  • Por cese voluntario del propio trabajador, en donde se deben cumplir una serie de requisitos como una edad inferior en dos años a la edad legal de jubilación, encontrarse en alta laboral y haber cotizado un mínimo de 35 años a la Seguridad Social, con al menos 2 de ellos dentro de los 15 años previos a la solicitud de jubilación.
  • Por cese involuntario (forzosa), que implica que el trabajador ha sido despedido por razones objetivas, lo que le permite acceder a una jubilación anticipada de hasta cuatro años si ha cotizado un mínimo de 33 y ha demandado empleo al menos 6 meses antes de la solicitud de jubilación.
  • Por razón del grupo o actividad profesional, en aquellas profesiones que conllevan, de acuerdo a la ley, prácticas penosas, peligrosas, tóxicas o insalubres y generen altas cifras de morbilidad o mortalidad. En estos casos, se podrá solicitar una jubilación anticipada si se cumplen las condiciones.
  • Por discapacidad igual o superior al 65% (también al 45 % si se aplica a discapacidades reconocidas oficialmente que demuestren una reducción de la esperanza de vida de quienes la padecen).
  • Por tener la condición de mutualista se podrá obtener la jubilación anticipada con una edad mínima de 60 años, siempre que se reúnan los requisitos exigidos sobre el período mínimo de cotización y el hecho causante.
  • Sin tener la condición de mutualista, podrán optar a la jubilación anticipada los trabajadores con 61 años y 30 acreditados de cotización, siempre que estén dados de alta en la Seguridad Social.

La jubilación flexible y la demorada

La jubilación flexible se produce cuando el trabajador se ha jubilado y decide volver al mercado laboral. Consiste en compatibilizar, una vez causada, la pensión de jubilación con un trabajo a tiempo parcial. A diferencia de la jubilación parcial, la jubilación flexible se lleva a cabo una vez el trabajador ha cumplido la edad necesaria y ya ha hecho efectiva su jubilación.

Cabe hablar también de la jubilación demorada como complemento de la anterior, como posibilidad para que los profesionales que han cumplido la edad legal de jubilación puedan seguir trabajando. Como norma general, por cada año más completo de cotización la pensión se incrementará un 2%, si se tienen cotizados hasta 25 años. Si se hubiera cotizado entre 26 y 37 años se incrementará un 2,75 %. En los casos en los que se tenga más de 37 años cotizados se incrementará un 4%. La pensión nunca superará el máximo fijado por la ley en ningún caso.

Novedades en los tipos de jubilación en 2024

El objetivo del Gobierno es incentivar una demora de la edad de jubilación a través de penalizaciones a la jubilación anticipada o de nuevas medidas para bonificar un sistema mixto de transición hacia el retiro definitivo. Por ello puede haber novedades en las múltiples modalidades de jubilación. 

El nuevo acuerdo sobre la jubilación y las pensiones que se ha alcanzado recientemente entre Gobierno, patronal y sindicatos establece más incentivos para los trabajadores que prolonguen su vida laboral. 

Aquellos que decidan acogerse a la jubilación demorada podrán incrementar, como hasta ahora, un 4% anual su pensión. Además, cuentan con una mejora a partir del segundo año de retraso de la jubilación, con la que cada 6 meses tendrán un 2% más en la prestación. 

Otra de las novedades está en que estos incentivos por seguir trabajando ahora se pueden compatibilizar con el cobro de una parte de la pensión y el sueldo por su actividad. 

Los cambios pactados afectarán a la modalidad de jubilación anticipada: los trabajadores podrán compatibilizar el trabajo a tiempo parcial con la pensión pero tres años antes de la edad legal de jubilación en lugar de dos como hasta ahora. 

En el acuerdo se ha decidido mantener hasta 2029 las condiciones particulares y más ventajosas de la jubilación parcial para los trabajadores de la industria manufacturera, que además verán mejoras en su cotización durante este periodo. 

Estos cambios todavía no se han aprobado ni se aplican en el acceso a la jubilación. Te recomendamos informarte a través de la Seguridad Social o en tu oficina más cercana de Atención al Ciudadano. 

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